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Badajoz

Piden 10 años de prisión para los supuestos autores de un tiroteo en Los Colorines (Badajoz)

Badajoz

10 de Junio de 2022

Piden 10 años de prisión para los supuestos autores de un tiroteo en Los Colorines (Badajoz)

 

Durante la tarde del 13 de septiembre de 2020 una persona resultó herida de bala tras una disputa en la conocida como barriada de ‘Los Colorines’ en Badajoz.

 

Como ya informó en exclusiva 7Días, minutos después de haber ocurrido el suceso, en un primer momento solo una persona fue detenida en el propio emplazamiento. La Policía Nacional se hizo cargo de la investigación y continuó intentando esclarecer en su totalidad el ilícito penal.

 

LOS HECHOS

 

Según el escrito de acusación de la Fiscal al que ha tenido acceso 7Días, sobre las 15:00 horas de ese día y después de una disputa familiar en la que A.S.S. dio una bofetada a su mujer J.N.S., esta huyó a refugiarse en casa de su hermano. Acto seguido y puestos previamente en común acuerdo, varios acusados empuñaron armas cortas y largas para atentar contra J.N.S.

 

Este último es el hermano de J.N.S. (sus siglas coinciden) y se encontraba asomado en la ventana del domicilio familiar, situado en la calle Toto Estirado de la citada barriada. Hasta allí fueron los acusados y al grito conjunto de “¡¡matadlo, tiradle!!” J.A.S.B. realizó un primer disparo que le alcanzó en la cara y el ojo. Posteriormente A.S.S. le alcanzó con otro en la parte lateral izquierda de la cabeza, cayendo de inmediato al suelo este, el hermano de la presuntamente agredida.

 

LESIONES CAUSADAS A J.N.S. (hermano de la agredida)

 

Como consecuencia de los hechos, J.N.S sufrió estallido ocular traumático de ojo izquierdo y múltiples perdigones en región facial, fundamentalmente lado izquierdo, que requirieron, además de la primera asistencia médica, el ingreso hospitalario para valoración y diagnóstico y posterior intervención quirúrgica urgente bajo anestesia general para evisceración de globo ocular por estallido traumático del ojo; con vaciamiento completo del contenido-intraocular.

 

Durante la estancia hospitalaria se constata la existencia de más de 30 perdigones en tejido celular subcutáneo de región facial izquierda, sin indicación quirúrgica al no estar infectadas ni crear molestias excesivas. Fue dado de alta hospitalaria el día 17 de septiembre de 2020.

 

A partir de entonces acude de forma periódica al servicio de Oftalmología para control y seguimiento, tramitación de documentos para concesión de prótesis, y consultas periódicas a la clínica para adaptación de prótesis ocular, habiendo acudido para toma de medidas y adaptación en siete ocasiones, considerándose la prótesis terminada y siendo dado de alta el día 1 de marzo de 2021. A raíz del traumatismo sufrido, presenta sintomatología ansioso-depresiva en el contexto de un trastorno adaptativo, así como sintomatología propia de un stress-postraumático que requiere actualmente tratamiento y seguimiento psiquiátrico y psicoterapéutico, así como psicofármacos (ansiolíticos y antidepresivos), indica el escrito.

 

Por Auto de fecha 7 de octubre de 2020 se acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza de uno de los supuestos autores de los tiros (concretamente el que le habría alcanzado la parte lateral izquierda de la cara), A.S.S., y por Auto de fecha 3 de Febrero de 2021 se determinó la libertad provisional del mismo con la obligación de comparecencia los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado.

 

El escrito de acusación sostiene que los hechos descritos son legalmente constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa y de tenencia ilícita de armas para A.S.M. y J.A.S.B., así como un delito de tenencia ilícita de armas para A.S.S. y A.S.S. (sus siglas coinciden).

 

Del referido delito son responsables en concepto de ‘autores’ los acusados por sus actos materiales y directos, a tenor del art. 27 y 28 inciso primero del Código Penal.

 

Así, el escrito procede imponer a cada uno de los acusados por el delito de homicidio en tentativa las penas de 10 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y por el delito de tenencia ilícita de armas para los acusados A.S.M. y J.A.S.B. la pena de un año de prisión, y para los acusados A.S.S., y A.S.S la pena de un año y nueve meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

 

Los procesados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a J.N.S. en la cantidad de 138.301,66 euros.

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