Serás sancionado si haces estas cosas en Época de Peligro Alto de incendios en Extremadura
1 de Junio de 2023
Como ya ha informado 7Días a principios de la mañana, este jueves 1 de junio comienza la Época de Peligro Alto de Incendios en Extremadura que se extenderá hasta el 15 de octubre. Hasta entonces hay una serie de prohibiciones y limitaciones que debemos cumplir si no queremos ser sancionados.
Hay que tener claro que queda totalmente prohibido encender fuego fuera de los supuestos expresamente previstos o autorizados con arreglo a la normativa de incendios forestales, así como arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio forestal.
Durante la Época de Peligro Alto en espacios abiertos o semiabiertos, en campo o en zona de influencia forestal no se podrán encender hogueras, barbacoas o similares con emisión de humo y pavesas. Los titulares de lugares especialmente habilitados para hogueras y barbacoas en zonas recreativas o de acampada y otras, deberán señalizar su prohibición, inhabilitarlas o precintarlas.
Las personas fumadoras que transiten por terrenos forestales deberán apagar los fósforos y puntas de cigarrillos antes de desecharlos, quedando prohibido arrojar unos y otros desde los vehículos.
El incumplimiento de lo regulado en la normativa de incendios forestales determina la paralización inmediata de la actividad por la Dirección General competente para ello cuando haya riesgo apreciable de provocar incendios.
Es responsabilidad de las personas interesadas no iniciar o suspender los distintos usos y actividades con riesgo de incendio, atendiendo a las circunstancias locales concurrentes. En materia de infracciones, sujetos responsables, reparación de daños, sanciones y procedimiento sancionador, se estará a lo dispuesto en el título VIII de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales en Extremadura.
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