Circula por Extremadura con 122.000 € sin declarar en su coche
28 de Abril de 2023
Los hechos tuvieron lugar el pasado 25 de abril, en el marco de un dispositivo que, en prevención de la seguridad ciudadana, se había establecido en una vía de comunicación de Navalmoral de la Mata (Cáceres), en el que participaban varias patrullas de la Guardia Civil pertenecientes a la Compañía de esta localidad.
En este dispositivo, los agentes dieron el alto a un vehículo que iba conducido por una mujer, como única ocupante del mismo. La actitud mostrada por esta ante las preguntas formuladas por los agentes, les hizo sospechar, procediendo a realizar un registro superficial al vehículo en prevención de que pudiera transportar algún género ilícito.
De esta manera fueron hallados siete pequeños bolsos en cuyo interior contenían gran cantidad de billetes de diverso valor. En total, algo más de 6.400 billetes de distintas cantidades, cuyo recuento posterior arrojó una suma global de algo más de 122.000 euros.
Al solicitarle algún documento acreditativo de su lícita procedencia, además del preceptivo documento de Declaración de Movimientos de Medios de Pago, no pudo aportarlo al no haberlo realizado lo que motivó la intervención provisional de la totalidad del dinero.
Ante ello, se levantó un acta de intervención, entregándose a la portadora la cantidad de 1.000 euros en concepto de mínimo de supervivencia, siendo informada de que los hechos pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa recogida en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
Hay que recordar que, con el objetivo respaldar los esfuerzos desplegados a escala de la UE para erradicar la delincuencia y reforzar la seguridad mediante la lucha contra el blanqueo de capitales, el terrorismo y la delincuencia, las personas físicas tienen obligación de efectuar previamente una Declaración de Movimientos de Medios de Pago cuando realicen ciertos movimientos.
Para la salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera hay que hacerlo, así como para moverse por territorio nacional se establece un importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
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