Nuevo sistema de cotización para autónomos
El pasado mes de julio se publicó el Real Decreto-Ley 13/2022 que establece un nuevo sistema de cotización para los empleados por cuenta propia a partir del 1 de enero de 2023. Este nuevo sistema se pondrá en marcha en un máximo de 9 años, informa la Organización de Consumidores y Usuarios.
- Este sistema se basará en los rendimientos reales declarados fiscalmente.
Según este nuevo sistema de cotización, los autónomos:
- Harán una estimación de sus rendimientos mensuales.
- Cotizarán provisionalmente según esa estimación.
- Al final del ejercicio se regularizará con la base de cotización mensual definitiva, que vendrá determinada por los rendimientos computables (calculados según las normas del IRPF para el cálculo del rendimiento neto), menos los gastos genéricos (el 7% o el 3%, para los autónomos societarios). Tras esa regularización la Tesorería General de la Seguridad Social, según los casos, podría cobrar o devolver lo que corresponda.
Se acota la elección de la base de cotización
La OCU recuerda que se han establecido tablas para los próximos 3 años con tramos en función de los rendimientos estimados. Hay 15 tramos: los tres primeros tramos corresponden a la llamada tabla reducida y representan ingresos por debajo del SMI.
Los autónomos podrán elegir una base de cotización provisional dentro del tramo que consideren que les corresponde.
Para ajustarse lo más posible a sus rendimientos reales, los trabajadores pueden después solicitar cambios en su base de cotización provisional cada bimestre.
¿Cómo cotizarás en 2023?
Según la OCU, mientras no se acojan al nuevo sistema y ejerciten la opción de elegir su base de cotización provisional, los trabajadores autónomos seguirán cotizando durante el año 2023 sobre la base que les correspondiera en enero, la resultante a aplicar a la base de cotización de diciembre de 2022 los cambios e incrementos establecidos.
Los que a 31 de diciembre de 2022 estuvieran cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantenerla, o bien aplicar una base inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas.
Por otro lado, durante 2023 podrán seguir aplicando los beneficios en la cotización que tuvieran en 2022, hasta agotar su plazo.
Si quieres cambiar tu base, hazlo ya
Si te interesa modificar tu base de cotización para el próximo trimestre y, de paso, tener la opción de mantenerla el próximo 2023, debes hacerlo hasta este viernes 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre de 2022.
¿Cómo hacerlo?
Todas estas gestiones con la Seguridad Social deberás hacerlas online, a través del espacio digital Importass, en el que se ofrece información y servicios de tramitación.