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ANPBA presenta recurso contra la BIC de monterías y rehalas en Extremadura

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5 de Mayo de 2021

ANPBA presenta recurso contra la BIC de monterías y rehalas en Extremadura

La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) ha interpuesto ante la Junta de Extremadura un escrito impugnativo formal, presentado en vía administrativa, dirigido a la consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Nuria Flores, impugnando jurídicamente la «Resolución» de la Junta que incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) a la “Montería y la Rehala en Extremadura”

Se trata de una resolución que la Consejería publicó en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) del pasado 5 de abril, cuyo plazo de información pública y para alegar termina mañana.

Y es que, desde la vertiente estrictamente jurídica, esta «Resolución» es impugnable porque no es un simple acto de trámite sino que, por su propia naturaleza, se trata de un acto de trámite cualificado que produce efectos desde su misma incoación, motivo por el que es susceptible de ser impugnado, y eso ha hecho ANPBA.

Además, según criterio de ANPBA, al tratarse de un acto cualificado, esta «Resolución» ha omitido un trámite esencial, según la jurisprudencia pacífica del Tribunal Supremo, al no expresar los recursos que pueden presentarse contra dicha Resolución.

ESTADO DE ALARMA Y TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA

Otro fallo que, a juicio de ANPBA, ha habido en el obligado trámite de información pública, ha sido que la Junta haya decidido que los interesados en consultar el contenido íntegro del expediente, para poder presentar alegaciones, tengan que acudir en persona a las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas sita en la avenida de Valhondo de Mérida (Badajoz), lo que supone una enorme dificultad para toda persona, física o jurídica, y para la multitud de asociaciones ecologistas, animalistas, y medioambientalistas en general, y muy especialmente al estar vigente aún en el “estado de alarma” para contener la pandemia COVID-19.

ANPBA considera que la Junta debería haber facilitado al ciudadano el acceso electrónico al contenido íntegro del expediente y debería haber asignado un correo electrónico oficial de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para presentar alegaciones, de modo que se hubieran podido realizar las gestiones de la manera “más segura y efectiva” posibles como dispone la legislación vigente.

Defensor del Pueblo y especies protegidas

En su recurso, ANPBA también ha sostenido que la “montería y la rehala” pueden suponer un potencial peligro para especies protegidas y amenazadas, y ha esgrimido el largo Informe de 33 páginas del Defensor del Pueblo en el que, dirigiéndose el Alto Comisionado de las Cortes Generales a la Junta de Extremadura, ha subrayado literalmente «el potencial impacto material» que tienen las monterías y rehalas extremeñas «sobre las especies y hábitats protegidos».

Una actividad que implica la muerte de animales no puede ser un “bien” de interés cultural

Una actividad que implica la muerte de animales no puede ser un “bien” cultural, pues, como expone ANPBA en su recurso, «no estamos ante expresiones culturales o actividades como el arte, danza, música, pintura, escultura, monumentos, etc., en los que únicamente es partícipe el hombre con su entorno material y espiritual, sino que en el presente caso hay seres sensibles muy negativamente afectados y, además, es una actividad con profundas secuelas en la Naturaleza».

Asimismo, ANPBA ha puesto en tela de juicio que estas actividades tengan un auténtico valor antropológico y cultural, y ha recordado que la caza y sus actividades vinculadas son contempladas por la sociedad con ojos cada día más críticos, siendo fuente de gran controversia social.

ANPBA remitirá notificación de la impugnación de esta Resolución al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte, para que conste anexo a la inscripción provisional formulada por la Junta de Extremadura.

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