Estos son los derechos que te corresponderán con la modificación de la Ley de Familias
26 de Febrero de 2024
Se ultiman los cambios en la ley de familias que viene a garantizar la igualdad de derechos y beneficios a cualquier tipo de modelo de convivencia, ya sea matrimonio, pareja de hecho, monoparental, etc.
Esta ley incorporará nuevos permisos que aportarán diferentes ventajas a familias en situación de vulnerabilidad.
De 16 a 20 semanas
La ley de familias ampliará de las 16 actuales, hasta las 20 semanas remuneradas el permiso de los progenitores que tengan un hijo/a o adopten. Aún no se sabe cuándo entrará en vigor. Si será en unos meses, con la aprobación de la ley o se podrá solicitar de manera retroactiva.
Permiso de cinco días
A su vez, existe otro tipo de licencia laboral que se remunerará parcialmente. Se creó en junio, y estableció un permiso de cinco días para el cuidado de familiares en caso de enfermedad o accidente grave, así como otro permiso de cuatro días para imprevistos médicos.
Cuatro semanas remuneradas
Antes de que los niños cumplan 8 años, cada progenitor contará con hasta ocho semanas libres, de las cuales, cuatro serán pagadas. Pueden, además, cogerlas a tiempo completo, por días o por semanas.
Parejas de hecho
Aquellas parejas que oficialicen su unión en el registro adquirirán los mismos derechos que un matrimonio. Tanto en cuanto a las pensiones, como la posibilidad de emplear los días para cuidados de familiares.
Extensión de la renta de crianza
Se establecerá una extensión del cobro de la renta crianza de 100 euros al mes a la que tienen derecho las progenitoras con hijos de hasta tres años. Hasta ahora, tan solo lo perciben las madres trabajadoras o aquellas que tienen derecho al ingreso mínimo vital. Con esta ley se amplía a las que hayan cobrado subsidios de paro en alguna ocasión o tengan cotizados al menos 30 días a la Seguridad Social desde el parto. Se quedan fuera solo las que no han trabajado nunca.
Nuevo concepto de familia numerosa
La ley amplía el concepto de familia numerosa. Las familias con esta categoría se denominarán “con mayores necesidades de apoyo a la crianza”. Incluirán a las familias monoparentales con dos hijos a cargo, las de cualquier clase con dos hijos que tengan un padre o un hijo con al menos 33 % de discapacidad, los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género o por un progenitor con la guardia o custodia exclusiva de los hijos, pero al que no se le ha asignado una pensión.
Ampliación de subsidios y pensiones
El subsidio por nacimiento no contributivo se le abonará también a padres adoptantes y a familias de acogida y la pensión de orfandad se pagará hasta los 26.
De igual forma se amplía el gasto público que asegura la comida a menores a los que su progenitor no abona la prestación a que le ha obligado el juez y a los hijos de parejas de hecho registradas.
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