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Badajoz

Publicadas las normas que deberán cumplirse esta Navidad en Badajoz

Badajoz

20 de Diciembre de 2023

Estas son las normas que deberán cumplirse esta Navidad en Badajoz

 

Con el propósito de facilitar la convivencia en la ciudad en las fiestas navideñas, desde el Ayuntamiento de Badajoz se ha aprobado el bando regulador que velará por la seguridad durante esta Navidad.

 

En aplicación de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Así, lo acordado queda reflejado en los siguientes puntos:

 

1º.- Prohibir la venta y suministro de productos pirotécnicos, en todos aquellos lugares que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal.

2º.- Prohibir la venta de estos artículos, a todas aquellas personas que pudieran estar bajo los efectos de bebidas alcohólicas o estupefacientes y, en todo caso, a cualquier persona física que no cuente con la mayoría de edad.

3º.- Prohibir la manipulación de estos productos en vías públicas o espacios públicos, dentro del término municipal de Badajoz, siempre que no se cuente con la expresa autorización municipal.

4º.- Como en años anteriores, la Cabalgata de Reyes conllevará la prohibición temporal de estacionamientos en el recorrido de la misma. Por tal motivo, durante los días 2, 3 y 4 en turnos de mañana, tarde y noche y el día 5 de enero de 2023, en turnos de maña y tarde, se procederá por este orden a la señalización de prohibición de estacionamiento, localización de conductores y retirada de vehículos con el Servicio Municipal de Grúa, de las calles Carmelo Vera Domenech, Pedro de Alvarado, Carolina Coronado (lateral derecho, dirección Puente de Palmas), avda. Santa Marina, Enrique Segura Otaño, avda. de Europa, Pedro de Valdivia, Alonso de Celada, totalidad del Paseo de San Francisco y Bartolomé J. Gallardo. En días previos a estas fechas, se informará a los conductores y/o propietarios de los vehículos estacionados en el recorrido, de la prohibición de estacionamiento, mediante la colocación de octavillas en el parabrisas. Todo ello, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

5º.- Con el objetivo de reforzar la seguridad de la Cabalgata de Reyes, se vallarán los tramos donde la concentración de público es mayor, quedando habilitados para colaborar con la Policía Local y con la Policía Nacional, el personal de Protección Civil o de la propia organización del evento, al objeto de impedir el acceso de vehículos o peatones a las zonas restringidas, por lo que sus indicaciones son de obligado cumplimiento para el público en general. Todo ello, a tenor del art. 143.4 del vigente Reglamento General de Circulación.

6º.- Por RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por la que se establece la ampliación del horario de cierre de los establecimientos públicos por motivo de las fiestas de Navidad, Año Nuevo y Reyes, con carácter general, se prorroga en dos horas para todos los establecimientos públicos situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el horario de cierre establecido para cada establecimiento según el grupo en el que se encuadre conforme al artículo 4.º de la Orden de la Consejería de Presidencia de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, durante las madrugadas que transcurren entre los días 15 y 16 de diciembre, 16 y 17 de diciembre, 22 y 23 de diciembre, 23 y 24 de diciembre, 29 y 30 de diciembre, 30 y 31 de diciembre de 2023. También se ampliarán la madrugada del 5 al 6 de enero de 2024 y la madrugada del 6 al 7 de enero de 2024. Esta ampliación será de una hora las madrugadas que transcurren entre los días 14 y 15 de diciembre, y 21 y 22 de diciembre de 2023. Segundo. las madrugadas comprendidas entre el día 24 y 25 de diciembre de 2023 y la del 31 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024, podrán permanecer abiertos durante toda la noche.

7º.- Aquellas actividades no recogidas en el programa oficial de eventos navideños de la ciudad, no se considerarán autorizadas por este Ayuntamiento, por lo que no se garantiza la asistencia de los servicios municipales para su cobertura. Cualquier incidente ocurrido en celebraciones de este tipo en espacios públicos, será responsabilidad de las entidades organizadoras. En atención a todo lo expuesto, hago saber que he dado instrucciones para que la Policía Local, en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, vele por el estricto cumplimiento de este bando y denuncie todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto. Dichas infracciones, irán acompañadas de la incautación del material, incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de venta no autorizados.

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