Conduce un camión en Extremadura quintuplicando la tasa de alcohol permitida
24 de Enero de 2024
Agentes la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, han conseguido interceptar y poner a disposición judicial al conductor de un camión que fue detectado con síntomas evidentes de ir conduciendo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, poniendo en grave riesgo la seguridad vial.
Los hechos ocurrieron el pasado día 22 de enero, sobre las 20:00 horas, cuando una patrulla de motoristas pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia (CC), recibía un aviso de la Central Operativa de Tráfico (COTA) informándoles de que varios usuarios habían alertado de la conducción anormal y negligente de un camión que circulaba por la A-66, sentido Sevilla.
Los agentes se desplazaron de inmediato al lugar indicado y localizaron al vehículo, que presentaba evidentes signos de circular de forma irregular.
Los guardias civiles procedieron a su detención en la N-630 (punto kilométrico 564,000), en el término municipal de Cáceres, comprobando que el conductor, un varón de 58 años y vecino de Valladolid, presentaba una sintomatología compatible y evidente con la ingesta de alcohol.
Un equipo de Atestados, del Destacamento de Tráfico de Plasencia (CC), practicó al conductor las correspondientes pruebas de alcoholemia a las que dio resultado positivo, poniendo de manifiesto que conducía superando en más de cinco veces la tasa máxima permitida para los conductores profesionales, que es de 0,15 mg/l.
El camión fue inmovilizado y el conductor investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, por conducir un vehículo a motor con tasas superiores a las legalmente establecidas, siendo puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Cáceres.
Tras la celebración de juicio rápido en el día de ayer, fue condenado a una pena de multa de 540 euros y a la privación del permiso de conducción durante 20 meses y dos días.
Se da la circunstancia de que el investigado ya había sido condenado en anteriores ocasiones por la comisión de diferentes delitos contra la seguridad vial, por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Penas previstas en el Código Penal
El delito de conducción de un vehículo a motor con tasas superiores a las legalmente establecidas, se encuentra expresamente regulado en el artículo 379.2 del Código Penal, previéndose para el mismo penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
La Guardia Civil recuerda que el consumo de alcohol y otras sustancias estupefacientes es incompatible con la conducción, ya que altera las capacidades psicofísicas de los conductores, disminuye la atención, la percepción, la coordinación y los reflejos, aumenta el tiempo de reacción y provoca una falsa sensación de seguridad y control.
Estas conductas irresponsables suponen un grave riesgo para la propia vida y la de los demás usuarios de la vía, por lo que la Guardia Civil va a seguir intensificando los controles preventivos para detectar y sancionar a los conductores que circulan bajo los efectos del alcohol o las drogas.
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