TSJEx: "Las demandas por despido aumentan un 28%" en Extremadura
10 de Junio de 2024
Los órganos judiciales de la Comunidad Autónoma de Extremadura registraron durante los tres primeros meses del año un 59 % más concursos que en el mismo periodo de 2023 pasando de 105 a 167. Este incremento se debe al aumento de los concursos de personas naturales no empresarios, que fue del 73,1%, pasando de 78 a 135. Sólo disminuyeron, en un 6,7%, los concursos de personas jurídicas pasando de 15 a 14 en el primer trimestre del año.
Los concursos presentados por personas naturales empresarios, 18, mostraron un incremento interanual del 50%.
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año se practicaron un total de 76 lanzamientos, cifra que supone un crecimiento del 40,7 % respecto al mismo periodo de 2023.
Un total de 57 lanzamientos fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), un 39% más que en el mismo periodo que el año anterior, mientras que 12 se derivaron de ejecuciones hipotecarias, que supuso un incremento del 9,1%, el resto obedecen a otras causas.
Durante el trimestre analizado, se han presentado 80 ejecuciones hipotecarias, un 2,6 % más que en el primer trimestre de 2023.
Las demandas por despido aumentan un 28 %
En el primer trimestre de 2024 se han presentado 475 demandas por despido, un 28 % más que en el mismo trimestre de 2023.
El número de demandas por reclamaciones de cantidad registradas en los Juzgados de lo Social, en total 507, son las mismas a las presentadas en el primer trimestre de 2023.
Los procedimientos monitorios presentados en el primer trimestre de 2024 en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fueron 5.271, lo que supone un aumento interanual del 26,1%.
El procedimiento monitorio sirve para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
Por otra parte, la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas ha modificado el artículo 250.1.4º de la Ley de enjuiciamiento Civil. Desde el tercer trimestre de 2018 se dispone de información estadística de los juicios verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas para los casos en los que los propietarios sean personas físicas, entidades sin ánimo de lucro, o entidades públicas poseedoras de vivienda social.
En el primer trimestre de 2024 ingresaron 13, un 30% más que el año anterior en el que hubo 10%.
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