19 Mayo 2025
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Extremadura publica el calendario de días festivos para 2026

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19 de Mayo de 2025

Extremadura publica el calendario de días festivos para 2026

 

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este lunes un decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. Estas jornadas tendrán carácter retribuido y no recuperable, así como no podrán exceder de 14 al año: dos serán locales, debiendo respetarse como festivo la Natividad del Señor, Año Nuevo, el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, y el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

 

Además, las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de 14 días festivos, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes.

 

DÍAS FESTIVOS EN EXTREMADURA EN 2026

 

Las fiestas laborales en la región para el año 2026, serán: 1 de enero (jueves): Año Nuevo; 6 de enero (martes): Epifanía del Señor; 2 de abril (jueves): Jueves Santo; 3 de abril (viernes): Viernes Santo; 1 de mayo (viernes): Fiesta del Trabajo; 15 de agosto (sábado): Asunción de la Virgen; 8 de septiembre (martes): Día de Extremadura; 12 de octubre (lunes): Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre (sábado): Todos los Santos; 6 de diciembre (domingo): Día de la Constitución Española; 8 de diciembre (martes): Inmaculada Concepción y 25 de diciembre (viernes): Natividad del Señor.

 

Por otro lado, en uso de la facultad que establece el Estatuto de los Trabajadores de traslado al lunes de las fiestas de ámbito nacional que coincidan en domingo, el descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre y al 6 de diciembre, Fiesta de Todos los Santos y Día de la Constitución, se disfrutarán respectivamente los lunes, 2 de noviembre y 7 de diciembre, por coincidir dichas fiestas en domingo.

 

Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días, que serán determinados por resolución de la Dirección General competente en materia de trabajo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento. Estos deberán formular sus propuestas y remitirlas antes del 15 de septiembre de 2025.

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