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¿En qué casos pueden acceder a la educación de adultos los menores de 18 años en Extremadura?

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16 de Septiembre de 2024

¿En qué casos pueden acceder a la educación de adultos los menores de 18 años en Extremadura?

 

La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ha publicado una instrucción que regula la Educación Secundaria para personas adultas, actuaciones en el aprendizaje a lo largo de la vida y otros programas no formales para personas adultas en el curso 2024/2025.

 

Las enseñanzas de personas adultas pueden ser desarrolladas en un contexto formativo reglado o formal y en un contexto no reglado que no conduciría a una titulación, acreditación o certificación oficial. De este modo, la formación no reglada comprende todas aquellas enseñanzas que no se ajustan al sistema educativo oficial. El año pasado han cursado enseñanzas no formales un total de 5.323 alumnos.

 

En el ámbito de programas de enseñanza que faciliten el acceso al sistema educativo y el empleo, se podrán desarrollar enseñanzas como programas de preparación de las pruebas libres para la obtención título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o para la obtención título de Bachillerato, entre otros.

 

En el marco de los programas de enseñanza no reglada orientados al desarrollo personal y la inclusión social, se podrán desarrollar enseñanzas como programas de alfabetización digital o programas para la adquisición inicial y desarrollo de competencias en Lengua Castellana, Matemáticas y Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural, entre otras materias.

 

CARGA HORARIA SEMANAL

 

Los programas tendrán una carga horaria semanal no inferior a dos periodos lectivos y preferentemente con una organización cuatrimestral. Por su parte, el alumnado mínimo para formar un grupo en estas enseñanzas es de ocho personas.

 

Podrán incorporarse a la educación para personas adultas las personas mayores de 18 años o que cumplan dicha edad en el año natural en el que comienza el curso escolar. De manera excepcional, también los mayores de 16 años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento, y para los que concurran circunstancias de enfermedad grave médicamente acreditada, entre otros casos.

 

APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

 

En lo que se refiere a los programas de aprendizaje a lo largo de la vida para personas adultas de carácter temporal, que se realiza en colaboración con una Administración local o institución privada sin ánimo de lucro, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ya convocó estas subvenciones y en esta instrucción se concretan algunos aspectos del funcionamiento y seguimiento.

 

En esta publicación se regulan también otras enseñanzas como es la adquisición del título de graduado en Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA) Nivel II presencial en Aulas delegadas de Educación de Personas Adultas (AEPA), y el programa de aulas @vanza, para alumnado matriculado en las modalidades online y semipresencial en enseñanzas de Educación Secundaria para Personas Adultas, Bachillerato y Formación Profesional.

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