La justicia obliga a la UEx a designar por sorteo los vocales de los tribunales de selección del personal
22 de Enero de 2020
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJEx ha dictado sentencia nº2/2020, por la que estima el recurso de apelación presentado por USO, frente a la sentencia nº 98/19 del Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº2 de Badajoz, anulando las Resoluciones de 5 de noviembre y 28 de diciembre, ambas de 2018, de la Universidad de Extremadura, en relación con la designación de los vocales que componen el Tribunal de selección de personal de administración y servicios (PAS) funcionario.
Desde la Sección Sindical de USO en la UEx “nos congratulamos del fallo de la citada sentencia. La importancia de este pronunciamiento del TSJEx radica en aclarar contundentemente que no se puede realizar una interpretación contraria a los principios constitucionales y legales que rigen el acceso a la función pública, como son los de transparencia e imparcialidad”.
Una “sosegada” lectura de la sentencia dicta que lo pretendido por la UEx era “totalmente irregular”, dado que la regla del sorteo debe darse para la designación de todos los vocales de la Comisión de Selección de que se trate. Pues, como se indica en la propia sentencia, otra forma de designación, en el caso de la UEx la designación directa, sería contraria a los principios de mérito y capacidad que rigen en el acceso a la función pública y el principio de objetividad que rige la actuación administrativa, “según el artículo 103 de nuestra carta magna”.
Mantienen además que el artículo 97.2 de la Ley 13/2015 de Función Pública de Extremadura “es clarísimo”, al establecer que: “en todo caso, los vocales deberán ser designados por sorteo, sin perjuicio de que las personas seleccionadas deban poseer la capacitación, competencia y preparación adecuadas”.
“Por tanto, no hay más ciego que aquel que no quiere ver”, concluyen desde USO.
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