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La SS ha tramitado 2.755 permisos por nacimiento y cuidado de menor en Extremadura este año

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30 de Abril de 2022

La SS ha tramitado 2.755 permisos por nacimiento y cuidado de menor en Extremadura este año

 

La Seguridad Social tramitó 2.755 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el primer trimestre de 2022, de los cuales 1.330 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 1.425, al segundo progenitor, normalmente el padre. El número de bajas por nacimiento y cuidado de menor creció un 20,2% respecto al mismo periodo de tiempo de 2021, cuando se tramitaron 2.291.

 

El gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor en los primeros tres meses de año fue de 15,3 millones de euros. En 2021, esta cifra se situó en 10,15 millones, lo que supone un crecimiento del 51,5%.

 

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituyó a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad. Se cumple un año desde la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.

 

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y a través de https://tramites.seg-social.es/acceso/prestacion-nacimiento-cuidado- menor.html .

 

También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.

 

Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar

 

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta en el primer trimestre del año fue de 110, de las que 98 correspondieron a mujeres, el 89,1%, y 12 a hombres, lo que equivale al 10,9%.

 

El número de excedencias se ha reducido de media un 37,1% respecto al mismo periodo del ejercicio 2021 en Extremadura, mientras que a nivel nacional la reducción del número de excedencias ha sido del 27,2% respecto al mismo periodo del ejercicio 2021. En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que el año pasado. Los principales descensos en el primer trimestre han sido en el País Vasco (-50,6%), Cantabria (-38,6%) y La Rioja (-37,8%).

 

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

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