Nueva Ley de Atención al cliente: estos son los cambios
29 de Febrero de 2024
El Consejo de ministros ha aprobado la ley para regular los servicios de atención a la clientela, que obligará a las empresas a resolver reclamaciones en un plazo máximo de 15 días, y a responder a las consultas telefónicas en menos de tres minutos, ofreciendo, además, la posibilidad de que sean atendidas por una persona y no un robot.
El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha destacado que esta norma, que se quedó a nada de salir adelante en la anterior legislatura, va a garantizar un derecho básico que tienen todos y todas las ciudadanas de España: recibir una atención de calidad, personalizada y accesible. Por eso, uno de los objetivos de esta norma es reducir de forma drástica los tiempos de esperar que las empresas ofrecen a las personas consumidoras cuando solicitan información o realizan reclamaciones.
El texto recoge que el 95% de las llamadas telefónicas que reciban las empresas de parte de sus clientes deben ser atendidas, de media, en un plazo inferior a tres minutos. Además, con su entrada en vigor se refuerza el derecho a una atención personalizada, prohibiendo que las empresas atiendan a estas llamadas de forma exclusiva a través de contestadores automáticos: los clientes podrán solicitar, en cualquier momento de la consulta o reclamación, hablar directamente con un operador especializado. Asimismo, en casos de reclamaciones, se establece un plazo máximo de 15 días para resolverlas, en comparación con los 30 días actuales.
Otra de las novedades de la norma es que se tiene en cuenta a las personas consumidoras vulnerables. Además, las personas mayores, en el ámbito de los servicios financieros, tendrán derecho a ser atendidos de manera presencial.
La ley también prevé la protección específica en servicios que se consideran básicos y de interés general, tales como en el ámbito de la energía, el agua, los transportes, los servicios financieros o las telecomunicaciones. En todos esos ámbitos, anuncian que se establece la necesidad de contar con servicios de atención disponibles 24 horas al día, los 365 días al año.
Así, en productos de tracto sucesivo, como el de la luz, se establece la obligación, en caso de corte de suministro, de contestar a las solicitudes en menos de dos horas.
Asimismo, la ley también recoge el derecho a que la persona consumidora sea atendida en las lenguas cooficiales del Estado para “garantizar que todos estos objetivos se cumplen”, concluyen desde el Gobierno.
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