Novedad en los radares de la DGT: empezarán a multar a esta velocidad
7 de Mayo de 2024
El aumento de la siniestralidad vial en el primer trimestre del año ha llevado a la Dirección General de Tráfico a incorporar importantes novedades este mes de mayo. Entre ellas se encuentra una modificación importante y que puede tener repercusión directa sobre los conductores: el cambio del margen de error en los radares.
Hasta ahora los conductores podían hacer sus cálculos para saber si al pasar delante de un radar éste les había pillado o no. La regla para prever ese margen era la del 5 y la del 7. Esto quiere decir que, hasta ahora, en mediciones inferiores a 100 km/h, el margen de error es de 5 km/h para los radares fijos y 7 km/h para los móviles instalados en un vehículo. Si por el contrario un vehículo circula a más de 100 km/h se relaciona con el 7%, por lo que si estás en una vía de 120 km/h el radar hace la foto si se pasa sobre los 128,4 km/h o superior.
Sin embargo, esto cambiará después de la entrada de una nueva orden. Una orden por la que se regula la medición de los instrumentos destinados a controlar la velocidad de circulación.
NUEVOS MÁRGENES EN LOS RADARES
Con la aparición de estos nuevos radares mucho más precisos, se cambia la regla del 5 y del 7 por una más limitadora: la del 3 y del 5. Con esta norma, el margen para los radares fijos en mediciones que no superan los 100 km/h es de 3 km/h, y para las que son por encima de esos 100 km/h sería del 3%.
En el caso de los radares móviles, el margen de error máximo es ahora de 5 km/h para mediciones inferiores o iguales a los 100 km/h, y del 5% para los que sí superen los 100 km/h.
SANCIONES POR SUPERAR LOS LÍMITES DE VELOCIDAD
Las sanciones económicas por superar los límites de velocidad van entre los 100 y los 600 euros, mientras que la retirada de puntos oscila entre los 2 y los 6. Buscando con esta nueva normativa, tener un impacto en todos aquellos conductores a los que les gusta conducir al límite.
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