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Piden la suspensión de la caza de la Cabra Montés en las zonas incendiadas de la Vera y Jerte

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23 de Septiembre de 2020

Piden la suspensión de la caza de la Cabra Montés en las zonas incendiadas de la Vera y Jerte

Desde hace varios años, en Extremadura se suceden los incendios en la zona noreste de la provincia de Cáceres (Sierras de la comarca de Gata, Hurdes y La Sierra de Gredos) y, año tras año, estas zonas son víctima de incendios “presumiblemente provocados” por intereses varios, pero concretos, conocidos y silenciados por muchos de los lugareños.  Incendios que suelen quedar impunes, ante la indignación y el hartazgo de sus habitantes.

Durante esos cuatro días se ha vivido con miedo, incertidumbre e indignación en la Vera y el Jerte pues se ha puesto en peligro la vida de las personas, su modo de vida y su medio de vida. Y es que  todos los incendios desde el 2017 llevan un mismo modus operandi: quema en varios focos, al atardecer de días con viento, estableciendo como zonas operativas la Garganta de los Infiernos y Collado de las Yegüas, zona de La Panera (Garganta de la Olla) y, ahora como novedad, Cuacos y la Sierra de Aldeanueva.

Las consecuencias han sido devastadoras, con un grave riesgo para la población, en parte evacuada y fincas quemadas con animales domésticos y salvajes. Han ardido unos hábitats únicos y un bosque autóctono de cientos de años de antigüedad, de difícil recuperación a corto plazo. En total, cerca del orden de 4.000 hectáreas quemadas. 

Estos lugares tienen un alto valor ecológico por su diversidad de flora, fauna y masa forestal única; pero también es una zona codiciada por los señores de los grandes cotos de caza, en los que el emérito rey era asiduo para sus lances de caza.

En la Sierra de Gredos y la Sierra de Tormantos se creó la reserva de caza de la cabra montesa (Capra pyrenaica victoriae) denominada Reserva Regional de Caza La Sierra, donde cada año la Junta de Extremadura, junto con la Asociación de Propietarios de la Reserva de Caza La Sierra de Gredos de Extremadura y la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura subastan sus cabezas con una base de salida de 4000 €, precio que pueden duplicar o triplicar las asociaciones de caza que las compran para sus monterías. Todo esto conduce a la compra o alquileres de fincas o monte público para tal fin a los Ayuntamientos locales.

En los últimos años, se ha incrementado la construcción de pistas forestales -muchas de ellas ilegales- para alcanzar a la cabra hasta sus comederos en las cumbres y de puentes sobre las gargantas para facilitar el acceso a los puestos de caza y facilitarle el tiro a estos magnates de la caza.

“Nunca la Junta ha sido tan complaciente con lo que se hace en la sierra. Tan sólo hay que preguntar sobre ello a los cabreros que habitaban estas sierras y que fueron invitados a abandonarla para que sus cabras domésticas no se comieran los pastos de la rentable montesa”.

Esta situación viene produciéndose desde hace años y estamos asistiendo a una transforman la sierra en la que va desapareciendo una belleza natural que en pocos rincones de España todavía se conserva y que, a base de “incendios interesados”, está siendo destruida y, con ella, su alto valor natural y socio-económico, tanto para la propia zona como para el conjunto de la región extremeña.

Por todo ello, Ecologista en Acción de Extremadura demanda a la Junta y Ayuntamientos afectados la puesta en marcha de una oficina técnica para atender a las personas afectadas, inventariar los daños y ofrecer las ayudas técnicas y económicas necesarias.

Esta asociación reclama también la aplicación de una suspensión de la caza de la Cabra Montés, tanto en los cotos incendiados como en los colindantes, al darse en la zona una situación de días de fortuna permanente durante los próximos meses, de acuerdo al artículo 37 de la Ley de Caza; que prohíbe la caza en determinadas circunstancias ambientales o temporales cuando “los animales se vean privados de sus facultades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados lugares” y mientras la restauración natural de la zona no permita una situación normal de los comportamientos de la especie en la zona por motivos de cobijo, alimento o cualquier otro derivado de esta situación actual.

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