Anulan el decreto de Diputación que asocia las subvenciones a la Memoria Histórica
7 de Junio de 2019
El juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz le da la razón al Ayuntamiento, respecto a “las famosas bases de subvención de Diputación vulgarmente conocidas como de Memoria Histórica”, considerando nulo de pleno derecho el decreto firmado por el presidente de la Diputación, Miguel Ángel Gallardo.
Así que, el decreto por el cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Plan Dinamiza Extraordinario 2018, que implica que los Consistorios acepten lo que sentencie o disponga el Comité de Memoria Histórica, no tiene validez, entre otras cosas por no ser un órgano con competencia en dicho ámbito.
La jueza, María Angustias Marroquín, declara nulo dicho decreto impugnado con los “efectos inherentes a este pronunciamiento. Todo ello con imposición a la Administración demandada de las costas procesales causadas en esta instancia”.
En primer lugar, las bases de la convocatoria establecían que los municipios aceptan el catálogo de vestigios que les ha sido comunicado por la Diputación Provincial de Badajoz con la solicitud de las ayudas.
De hecho, la jueza considera que las bases que establecían que los municipios acataran el catálogo de vistigios que le había comunicado la Diputación con la solicitud de las ayudas son nulas, pues fueron elaboradas por el comité de expertos que carecen de las competencias necesarias para declarar que el Consistorio incumple la Ley de Memoria Histórica.
Además, tanto el alcalde como la jueza consideran que la retirada de subvenciones “constituye en realidad una sanción”. “Lo que hacía Diputación era básicamente un chantaje en este caso a la ciudad de Badajoz, tú haces lo que yo quiero u os quito el dinero (sic)”, sentencia el alcalde.
Además, la sentencia determina que la retirada de subvenciones “constituye en realidad una sanción”. Y además, no existe expediente que avale la retirada de ayudas a Badajoz, ni a Villafranco del Guadiana, que depende de esta última por ser una pedanía.
En esta línea, la jueza ha dictaminado que las bases no se ajustan a la Ley de Memoria Histórica Nacional y exceden la Ley de Memoria Histórica y Democráctica de Extremadura, por lo que no pueden sentenciar a la ciudad o municipios a perder o no una subvención, pues para ello se necesita de “una resolución administrativa firme” no existente en la ciudad pacense.
Así pues, “las bases son nulas de pleno derecho en su totalidad porque se han dictado en base a un informe de un comité de expertos de la Memoria Histórica que carece de competencias para declarar que un Ayuntamiento ha incumplido una determinada ley, y porque dichas bases anticipan unas sanciones si las entidades locales que solicitan las subvenciones no acatan lo que ha establecido el comité de expertos”, sanción que no pueden llevar a cabo por no tener competencia en este ámbito.
Además, la sentencia recoge que “las bases vulneran de manera flagrante” la Ley de Subvenciones porque esta obliga a crear un expediente administrativo que avale la sanción y a dar audiencia al interesado, algo que no se ha hecho.
Finalmente, y tras el dictamen, el alcalde en funciones, Francisco Javier Fragoso, ha informado que son 180 subvenciones las que quedan anuladas tras la sentencia y que existen cinco pleitos pendientes de resolución actualmente.
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