Dudas legales paralizan el derribo de Valdecañas
18 de Abril de 2019
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha planteado que la modificación realizada en 2011 en la Ley del Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura (LSOTEX) pueda ser inconstitucional. Esta modificación permitió respaldar legalmente el complejo ‘Marina Isla Valdecañas’.
El TSJEx acuerda suspender el proceso judicial que está llevando a cabo con respecto a la urbanización hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie.
La modificación en tela de juicio solo afectó al artículo 11 de la LSOTEx y fue presentada conjuntamente como propuesta de ley por PSOE y PP en la Asamblea de Extremadura. El Consejo de Gobierno dio luz verde a la propuesta explicando que la LSOTEX matizaba que en suelos protegidos de la Red Natura 2000 se puede construir e incluso recalificar su calificación, siempre y cuando se cumpla la normativa medioambiental.
Con la aprobación, se establecía que "la mera inclusión de unos terrenos en la Red Natura 2000 no determinará, por sí sola, su clasificación como suelo no urbanizable, pudiendo ser objeto de una transformación urbanística compatible con la preservación de los valores ambientales necesarios para garantizar la integridad del área, y comprendiendo únicamente los actos de alteración del estado natural de los terrenos que expresamente se autoricen en el correspondiente procedimiento de evaluación ambiental".
El auto emitido por el TSJEx sobre la inconstitucionalidad de este artículo se extiende con la disposición adicional única que regula el procedimiento homologado de la Ley 9/2011.
EL PROCESO JUDICIAL DEL TSJEx
La construcción de la urbanización Marina Isla de Valdecañas, en el embalse cacereño del mismo nombre, no solo se hizo en contra de lo que la legislación estipulaba en aquel momento, sino que, según un dictamen pericial que la estación Biológica del Parque Nacional de Doñana hizo llegar al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, perjudicó a la flora y a la fauna durante la construcción del complejo residencial y continúa causando daños, por lo que debe ser derribada.
Este informe fue solicitado por el propio TSJEx tres años antes. Tras valorar el informe el tribunal ordenó el tribunal ordenó la "reposición de los terrenos" a la situación en que estaban antes de la aprobación del proyecto y anuló el decreto por el que la Junta de Extremadura autorizó el complejo turístico.
Tras este fallo judicial, el trámite pendiente es ‘el procedimiento de ejecución’ de la decisión judicial, ya que existen diferencias entre las partes sobre cómo acometer y ejecutar el fallo. Estas partes son la Junta de Extremadura, la promotora del proyecto, las asociaciones Adenex y Ecologistas en Acción, los propietarios de las viviendas y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo.
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