El Gobierno aprueba la normativa para proteger a los menores en internet
26 de Marzo de 2025
Tras más de un año de trabajo, el Consejo de ministros aprobó el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en internet, que incluye medidas como la obligatoriedad de que cualquier nuevo dispositivo contengan un control parental, o cambios en el Código Penal para sancionar las deepfakes, es decir, las imágenes o voces manipuladas con inteligencia artificial para ser hiperrealistas y en contextos sexuales. También evita que cualquier persona pueda mentir sobre su edad para acercarse a menores en las redes, y se regula la activación de las recompensas presentes en los videojuegos, y que pueden servir como puerta de entrada a la trata de menores, según indican desde UCEX.
La nueva normativa busca dar una solución a la preocupación de las familias por los riesgos que suponen para los menores los avances tecnológicos, las redes sociales o el acceso a internet. En este sentido, el Gobierno recuerda que los niños y niñas tienen su primer teléfono móvil a los 11 años, la misma edad a la que acceden por primera vez a contenido pornográfico, aunque sea sin querer. Además, el 91% de quienes tienen un dispositivo se conectan cada día a internet.
La última encuesta del CIS que preguntó sobre esto mostró que el 94% de la ciudadanía española está a favor de que se restrinja o limite el acceso a internet a los menores de edad. A nivel europeo, el 92% de las familias están preocupadas por esto. Porque, que en el entorno digital impere "la desregulación y la ley de la selva, es un problema para el conjunto de la sociedad, y en particular la infancia y a la adolescencia: perjudica el desarrollo libre y sano de sus derechos, sus libertades, sus vidas, proyectos…", expone la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego.
Pionera a nivel global
El Gobierno resalta que el anteproyecto es una normativa pionera a nivel global, que consagra el derecho de la infancia y la adolescencia a disfrutar de un entorno digital seguro. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, explicó los detalles de la normativa, que se ha aprobado en segunda vuelta y que desde hoy estará en tramitación parlamentaria. También resaltó que ha sido consensuada con un "altísimo grado de participación de organismos públicos y privados".
Una de las «patas fundamentales de esta ley» es el desarrollo de una Estrategia Nacional para abordar la prevención o la promoción de otras formas de uso de los entornos digitales.
Estos son algunos de los principales contenidos del anteproyecto para proteger a los menores en los entornos digitales:
1 Protección. Se reconocen los derechos de los menores a ser protegidos eficazmente ante contenidos digitales que puedan perjudicar su desarrollo, a la información veraz y a recibir información suficiente y necesaria en una forma y lenguaje apropiado según la edad sobre el uso de las tecnologías y de los riesgos asociados. También se evoca el acceso equitativo y efectivo a dispositivos, conexión y formación para el uso de herramientas digitales.
2 Control parental. Obliga a que los dispositivos digitales que se fabriquen incluyan un control parental por defecto (que se activará en el momento de la configuración inicial del dispositivo) de servicios, aplicaciones y contenidos, que debe ser gratuito para el usuario y fácil de manejar. Se establecen sanciones en el caso de incumplimiento.
3 Etiquetado entendible. Se incluirán en todos los dispositivos un etiquetado entendible que explique los peligros y riesgos potenciales de su uso inadecuado y sus efectos para el desarrollo físico, mental y moral de las personas menores de edad. Esto obliga a las empresas fabricantes a asumir sus responsabilidades y realizar un análisis riguroso del impacto que sus productos pueden provocar sobre la infancia y la adolescencia.
4 Prevención en Atención Primaria. En el ámbito sanitario, se elaborarán programas de prevención en Atención Primaria que incluirán actuaciones para la identificación de usos problemáticos de dichas tecnologías y la detección precoz de cambios de conductas o problemas de salud física, psíquica y emocional, derivados de un uso inadecuado de las pantallas entre los menores. Todas estas medidas buscan evitar las adicciones.
5 Dispositivos en entornos educativos. Se impulsan ciclos formativos y de alfabetización digital en todos los cursos. El uso de dispositivos en los centros de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, secundaria posobligatoria y educación especial se regulará por parte de los propios centros, de acuerdo con las disposiciones que al efecto hayan aprobado las administraciones educativas.
6 Cambios en el Código Penal. La norma incorpora una importante modificación del Código Penal para incluir delitos como el ciberbullying, introducir además agravantes a las de género o sexuales vinculadas a comportamientos que se dan en el entorno digital, como el engaño sobre la identidad propia fingiendo ser otra persona menor de edad (grooming) o la utilización delictiva de la inteligencia artificial para menoscabar la imagen de cualquier persona (deepfakes), como ha mencionado el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Asimismo, establece como delito la conducta consistente en poner material pornográfico a disposición de menores de manera indiscriminada. Además, se incorpora en el catálogo de penas la prohibición de acceso o de comunicación en los entornos digitales de las víctimas con los agresores. Es lo que llaman «órdenes de alejamiento digital».
7 Cambios legislativos. También modifica la Ley de Protección de Datos Personales, de tal manera que la edad de consentimiento de los menores para acceder a cualquier red social pasa de los 14 a los 16 años. Además, modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para que los grandes operadores de comunicación, e influencers que tengan un número muy elevado de seguidores, cuenten con canales de denuncia ante contenidos inapropiados o inadecuados para menores.
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