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Llega la 'Época de Peligro Alto de Incendios Forestales' a Extremadura con prohibiciones

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23 de Mayo de 2024

Llega la 'Época de Peligro Alto de Incendios Forestales' a Extremadura con prohibiciones

 

El Diario Oficial de Extremadura publica este jueves, 23 de mayo, la Orden por la que se declara Época de Peligro Alto de Incendios Forestales del 1 de junio al 15 de octubre. La Época de Peligro Alto (EPA) es aquella en la que, debido a las condiciones meteorológicas, los riesgos de producirse incendios son potencialmente elevados y aconsejan un despliegue máximo de los medios existentes.

 

Durante la EPA, se establece una regulación más estricta de los usos del fuego y actividades de riesgo.

 

  • Usos y actividades autorizables o permitidos que pasan a estar prohibidos: quemas prescritas, piconeras, quemas de restos vegetales (a excepción de parcelas en regadío) y las hogueras y barbacoas en suelo rústico y espacios abiertos de núcleos urbanos sitos en zona de influencia forestal.

 

  • Para la preparación de alimentos en terreno forestal y zona de influencia: exclusivamente equipos de gas.

 

  • Actividades sujetas a autorización: carboneras y fuegos artificiales (autorización de Entidad Local).

 

  • Actividades sujetas a declaración responsable en terreno forestal y zona de influencia forestal (400 m): maquinaria sobre orugas o cadenas; maquinaria con cuchilla, pala o traílla; maquinaria con percutores, cazos, ripper y análogos; uso de equipos de corte de metal (radial o amoladora) o soldadura; uso de grupos electrógenos, motores y bombas; tractores con grada de discos o desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas; procesadoras, taladoras, cizalladoras, skidders, autocargadores y astilladoras; servicios profesionales con uso de motosierra o motodesbrozadora con disco metálico, o grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos, cosechadoras, segadoras o empacadoras.

 

  • Actividades sujetas a comunicación previa: quemas de restos en microexplotaciones agrarias en regadío; actividades que provoquen columnas (pozos de sondeo, obras puntuales, etc.)

 

Dado que, en el ámbito competencial propio de esa Consejería, pueden realizarse actividades de las anteriormente mencionadas, durante la ejecución de contratos de obras, servicios, encargos o actuaciones de ejecución directa, desde la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios se recuerda que los procedimientos de autorización, declaración responsable y comunicación previa pueden realizarse telemáticamente desde la web https://app.infoex.info/pages/intro (INFOEX | Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales), donde puede consultarse, además, el índice de riesgo, en función del cual deben intensificarse los medios (equipos de extinción de incendio incipiente) y precauciones (horario hábil, modo de ejecución) que deben tomarse.

 

Para resolver cualquier duda, pueden contactar con el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, mediante llamada telefónica al 927005826 o por escrito a la dirección de correo electrónico preifex@juntaex.es

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