FACUA Extremadura denuncia a la promotora de Extremusika
10 de Octubre de 2022
FACUA Extremadura ha denunciado ante el Instituto de Consumo de Extremadura a Mejor con Música 2020 AIE, empresa organizadora del festival Extremúsica 2022 celebrado del 6 al 8 de octubre en Cáceres, por no permitir la entrada al recinto de comida y bebida del exterior.
En la página web del evento, dentro del apartado de condiciones generales, está recogido que "queda terminantemente prohibida la entrada al recinto del festival de cualquier tipo de comida o bebida, pudiendo los asistentes ser registrados". Además, la organización señala que "el incumplimiento de este punto supone la expulsión inmediata del recinto".
También se expone el siguiente punto dentro de las obligaciones a cumplir por el público: "abstenerse de introducir comida y/o bebida en el recinto del festival. La organización podrá adoptar las medidas preventivas oportunas para asegurar el correcto desarrollo del espectáculo en caso de incumplimiento de las prohibiciones y limitaciones expuestas".
La asociación entiende que la actividad principal de este festival no es la hostelería, sino el desarrollo de un espectáculo musical, por lo que la prohibición de consumir comida y bebidas adquiridas fuera del recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada así como tampoco puede prohibirse alegando que se hace por motivos de seguridad, máxime cuando en el propio interior del recinto es posible adquirir comida y bebida.
FACUA Extremadura advierte de que esta prohibición es una cláusula abusiva según recoge el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
El artículo 82.1 de esta norma expone que son abusivas aquellas estipulaciones que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". La conducta denunciada es, además, contraria a diferentes resoluciones de la Comisión de Cooperación de Consumo, de la Agencia española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), así como a parte de la jurisprudencia.
Además, el artículo 73.23 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura, tipifica como infracción grave en materia de consumo "introducir en los contratos, en los contratos-tipo establecidos de forma unilateral o en las condiciones generales de contratación cláusulas abusivas de las previstas en el Título II del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como las declaradas como tales por sentencia judicial".
Por todo ello, FACUA Extremadura ha denunciado a Mejor con Música 2020 AIE ante el Instituto de Consumo de Extremadura, y le ha pedido que inicie un expediente sancionador contra la empresa promotora de este festival al entender que se han vulnerado los derechos de los consumidores.
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