Hosteleros de Badajoz obligados a realizar estos cambios
23 de Octubre de 2023
El concejal del Ayuntamiento de Badajoz, Carlos Urueña ha informado sobre las particularidades de la nueva ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica.
Esta, que ya puede ser consultada previamente en la página web del Ayuntamiento para la presentación de alegaciones, estará en exposición pública durante 30 días. Si pasados los 30 días no recibe alegaciones, se aprobará definitivamente. De lo contrario, se resolverán las alegaciones para su posterior aprobación.
Urueña ha destacado que se trata de “una ordenanza muy importante y necesaria” porque “está pendiente una adaptación de la normativa vigente”. Así ha hecho referencia a que la Ley del Ruido es del año 2003 y los Reales Decretos pertenecen al 2007.
¿CÓMO SERÁ LA NUEVA ORDENANZA EN BADAJOZ?
Con la nueva ordenanza, los periodos de evaluación abarcarán día, tarde y noche. Así, respectivamente cada uno de ellos se corresponde con los horarios de 07:00 horas de la mañana a las 19:00 horas, de 19:00 horas a las 23:00 horas de la noche, y de 23:00 horas a la 07:00 horas.
Con respecto a las nuevas edificaciones que “estén sujetas al código técnico, tendrán que presentar ensayos acústicos mediante muestreos representativos en caso de bloques o estudios”, señala el concejal.
CARACTERÍSTICAS DE LA NUEVA ORDENANZA
Con esta nueva ordenanza “se obligará a todos los establecimientos de hostelería a funcionar con puertas y ventanas cerradas”. Incluso, el edil ha matizado que “deberán instalar un sistema automático de retorno o a posición de cierre”. En este punto se incluyen también los bares y cualquier otro establecimiento de autoservicio de hostelería.
Además, señala que “en este caso, se podrá imponer incluso contar con una persona encargada de mantener las puertas del local cerrada, así como evitar sacar consumiciones fuera del local”. Por otro lado, queda prohibido también arrastrar mobiliario, barriles de cerveza, entre otras, “debiendo realizarse su transporte mediante elementos elastómeros”, ha anunciado.
Por otro lado, mediante un cuadro de compatibilidades de uso se podrán conocer los usos para los que están habilitados edificios residenciales. Hoteles, uso terciario o apartamentos estarán excluidos de estos usos residenciales.
AMPLIFICACIÓN SONORA
Los establecimientos estarán obligados a contar con un limitador controlador para que transmita el tiempo real, mediante página web o app, la amplificación del sonido con el fin de permitir la inspección instantánea. A locales los que ya están funcionando tendrán un periodo de dos años para adaptarse a esta normativa.
También se regulará la instalación de receptores de televisión y equipos de reproducción sonora.
Normas acústicas para las operaciones de carga y descarga
Salvo autorización, Urueña ha explicado que quedan prohibidas en zonas residenciales entre las 22:00 horas y las 07:00 horas de lunes a viernes, y entre las 23:00 horas y las 08:00 horas sábado, domingo y festivos.
La ordenanza también regula las obras de edificación y obras en vía pública. Estas tendrán que hacerse en periodo diurno lunes a viernes. Y en caso de ser necesario, los sábados y domingos contarán con un horario especial. Previamente se debe presentar un estudio dando a conocer el ruido que se va a generar y la medida a tomar para evitar molestias.
La ordenanza regula otro tipo de cuestiones como por ejemplo comportamientos en la vía pública y espacios al aire libre, entre otros.
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