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Casi 2 millones para fomentar la contratación de personas con discapacidad

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7 de Marzo de 2018

Casi 2 millones para fomentar la contratación de personas con discapacidad

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, para el ejercicio de 2018, con una dotación de 745.000 euros.

Concretamente, se convocan las ayudas del programa I, relativo al desarrollo de programas generadores de empleo.

De acuerdo con la orden de convocatoria, podrán ser beneficiarios los Centros Especiales de Empleo que hayan obtenido su calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que no se encuentren incursos en alguna causa de descalificación.

En lo que respecta a la cuantía de las ayudas, será de 12.020 euros por puesto de trabajo creado a jornada completa si el Centro Especial de Empleo supera el 90% de trabajadores con discapacidad respecto del total de su plantilla.

La ayuda será de 9.015 euros por puesto de trabajo creado a jornada completa si el número de trabajadores discapacitados del Centro Especial de Empleo está comprendido entre el 70 y el 90% respecto del total de la plantilla.

Cuando las contrataciones indefinidas subvencionables se suscriban a tiempo parcial, los importes de las ayudas serán proporcionales a la duración de la jornada estipulada en el contrato.

El importe máximo de la cuantía a conceder tendrá como límite el 90 por ciento de la inversión justificada y el número máximo de contrataciones subvencionadas será de 10 por cada Centro Especial de Empleo solicitante y convocatoria.

MERCADO ORDINARIO

En el mismo sentido, el Ejecutivo también ha autorizado la convocatoria de subvenciones destinadas a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, para el ejercicio 2018, con un presupuesto de un millón de euros.

Podrán acceder a estas ayudas profesionales colegiados y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen contrataciones de personas con discapacidad.

La orden de convocatoria establece cinco programas de subvenciones, el primero de los cuales tiene como finalidad incentivar la contratación indefinida de personas con discapacidad desempleadas en empresas ordinarias o la incorporación de éstas como personas socias trabajadoras en caso de Sociedades Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales.

El segundo programa incentiva la contratación indefinida, por empresas ordinarias, de personas con discapacidad con especiales dificultades de integración laboral y el programa III establece subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos, celebrados con personas con discapacidad.

El programa IV incentiva la contratación temporal de personas con discapacidad desempleadas, mientras que las ayudas del programa V serán para la adaptación del puesto de trabajo, la dotación de medios de protección personal y la eliminación de barreras arquitectónicas.

Las ayudas para la contratación de personas con discapacidad oscilarán entre los 2.000 y los 8.000 euros mientras que las subvenciones para adaptación del puesto de trabajo serán de 900 euros.

Por otra parte, las cuantías establecidas en los programas I, III y IV se incrementarán en un importe de 1.000 euros cuando el puesto de trabajo subvencionado se cree o transforme en localidades de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística.

Además, se establece una cuantía adicional para los programas I, III y IV, independientemente de las características de cada contratación, que consistirá en incrementar en 1.000 euros el máximo de las cuantías cuando se trate de empresas en las que concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género.

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