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Agro

Circular informativa sobre la enfermedad hemorrágica epizoótica en Extremadura

Agro

17 de Julio de 2023

Circular informativa sobre la enfermedad hemorrágica epizoótica en Extremadura

 

La Federación Extremeña de Caza ha difundido una circular con información básica sobre cómo actuar ante la enfermedad hemorrágica epizoótica (EHE), después de que la Junta de Extremadura confirmase el pasado 12 de julio un foco de este virus en una explotación ganadera en Monesterio. Se trata del sexto foco confirmado en España este año, tras casos notificados en explotaciones bovinas de Córdoba, Sevilla y Huelva.

 

En dicha circular se explica brevemente qué es la EHE, recalcando que el ciervo es la especie a la que más afecta este virus. FEDEXCAZA recuerda que se trata de una enfermedad que no se contagia por contacto entre animales, puesto que se transmite a través de vectores, en este caso por la picadura de mosquitos.

 

Tras el periodo de incubación —de cinco a diez días—, los animales infectados pueden presentar síntomas como fiebre, anorexia, debilidad, compromiso respiratorio o edemas en cabeza y cuello. Los escasos datos disponibles en España sitúan la tasa de mortalidad por debajo del 5%, aunque en determinadas zonas de Estados Unidos se ha llegado a alcanzar hasta un 90% de mortalidad en ciervos de cola blanca. Comunicar a las autoridades

 

La EHE es una Enfermedad de Declaración Obligatoria, por lo que ante cualquier sospecha de avistamiento de animales infectados se debe informar a las autoridades de forma inmediata, ya que la detección temprana resulta fundamental para poder controlar la enfermedad.

 

Por último, FEDEXCAZA apunta que al tratarse de una enfermedad transmitida por mosquitos es complicado evitar la transmisión, de modo que las prácticas para prevenir la infección deben ir orientadas al control de los vectores que la transmiten, en este caso los mosquitos.

 

En situaciones o focos en los que se produzca una alta tasa de mortalidad se recomiendan medidas como la atomización de zonas húmedas; el tratamiento de rascaderos, bañaderos y revolcaderos con productos naturales e inocuos; y la colocación de bloques minerales con productos repelentes naturales e inocuos evitando el acceso a estos las especies ganaderas. Asimismo, se recomienda aportar alimentación suplementaria que apoye la desparasitación externa, tratar directamente a los animales con insecticidas o repelentes siempre que sea posible y no mover a los cérvidos de las zonas afectadas.

 

La aplicación de estas medidas debe estar sujeta a la normativa vigente en materia de alimentación de especies silvestres y tratamientos en el medio natural y debe contar con la autorización de la autoridad competente en la materia.

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