Conoce los cambios en el programa de control de la tuberculosis del ganado caprino
19 de Febrero de 2019
La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura ha publicado las modificaciones de la legislación referente al control de la tuberculosis bovina en caprinos.
Los principales cambios sobre la Orden de 2 de octubre de 2017 hacen referencia al régimen de movimientos de estos animales en Extremadura. De este modo se permitirán las migraciones desde las explotaciones con calificación ‘TC2 negativas’ con el condicionante expreso cuando no estén sometidas a programa de calificación de tuberculosis y posean un resultado negativo de la prueba IDTBc en animales de 6 meses o más de edad, o a la prueba IDTBs en animales de 45 días o más.
También podrán realizar el traslado las explotaciones, que perteneciendo al citado grupo y estén sometidos al programa de calificación, hayan realizado el previo control con resultado negativo a la prueba IDTBs en animales de 45 días o más. En cualquier caso la prueba deberá realizarse en los 30 días anteriores al traslado
La normativa considera como ‘TC2’ a los ganados caprinos, que compartiendo instalaciones o pasto con reses bovinas, tengan antecedentes clínicos conocidos y se les haya realizado a la prueba de la tuberculina. A esta clasificación se le añade el perfil negativo cuando en los antecedentes no existen casos con de sintomatología o lesiones compatibles y que haya superado favorablemente la última prueba de diagnóstico realizada a todo el censo susceptible de ser examinado por su edad.
En la normativa reformulada, se ha especificado que en los movimientos de entrada las explotaciones vacías se categorizan como TC2. “A los efectos de esta orden, se considerarán explotaciones vacías aquellas que no tengan animales bovinos o caprinos por ser explotaciones de nueva creación o tras un vacío sanitario (transcurrido el plazo de 90 días desde la salida del último animal positivo y realizadas las operaciones obligatorias de limpieza y desinfección)”, marca la legislación.
Igualmente, Se amplía el plazo en el que se permiten los movimientos hacia o desde explotaciones caprinas de aptitud reproductora con calificación ‘TC2 positiva’ o con calificación retirada manteniendo las especificaciones de la antigua orden, hasta 31 de diciembre de 2018.
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