Educación y los sindicatos reducen el horario del profesorado en Infantil, Primaria y Secundaria
20 de Julio de 2018
La Consejería de Educación y Empleo ha ratificado con los sindicatos de la enseñanza en Mesa Sectorial de Educación el acuerdo que fija las medidas de flexibilización horaria de los docentes de Infantil y los de Primaria, así como la reducción de horas lectivas de Secundaria, de cara al próximo curso 2018-2019.
El acuerdo ha pasado por la Mesa General de la Función Pública.
Se flexibilizan en un 50 por ciento las horas complementarias que los maestros y maestras realizan por la tarde. Desde el próximo curso, deberán asistir sólo dos tardes al mes y no cuatro, como hasta ahora. La medida será voluntaria; es decir, los propios docentes decidirán si asisten dos o más tardes al mes.
Además, los docentes de Infantil y Primaria con 56 o más años tendrán una reducción de dos horas en su jornada lectiva semanal a partir del próximo curso. Los maestros y maestras que en el año 2018 cumplan 56, 57, 58 o 59 años y estén impartiendo docencia a jornada completa en ese curso, podrán solicitar una reducción en su jornada lectiva semanal de dos horas semanales. Esto no conllevará una reducción en salario.
Estas medidas de flexibilización horaria están recogidas en la instrucción por la que se unifican las actuaciones correspondientes al inicio y desarrollo del curso escolar 2018/2019 en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, que han sido debatidas en la Mesa Sectorial de Educación y que ha presidido la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez.
La instrucción expuesta en la reunión, a la que también han asistido el secretario general de Educación, Rafael Rodríguez de la Cruz, y la directora general de Personal Docente, Heliodora Burgos, contempla que dicha reducción horaria se aplicará solo al horario de docencia directa al alumnado, mientras que los docentes deben permanecer en el centro las 30 horas semanales establecidas.
De esta forma, las horas lectivas reducidas deberán emplearse en el desarrollo de las actividades complementarias que asignen los centros, dando preferencia a la atención a la biblioteca y la tutoría de maestros y maestras en prácticas.
Entre las medidas de flexibilización de la jornada escolar se contemplan también las que, siguiendo el protocolo establecido, se tomen en circunstancias meteorológicas excepcionales.
También se fija el periodo de adaptación del alumnado de Infantil en dos semanas como máximo, aunque podrá prolongarse en el caso de pequeños y pequeñas con una problemática especial.
REDUCCIÓN HORARIA EN SECUNDARIA
Asimismo, se recuerda en la instrucción que el horario lectivo mínimo del profesorado de educación Secundaria queda establecido en 19 horas lectivas semanales para el próximo curso, 2018-2019, pudiendo llegar excepcionalmente a 21 horas. Este exceso de horas, si se lleva a efecto, será compensado.
Según la citada instrucción, los centros de Educación Secundaria con horario de mañana y tarde deberán priorizar en la elaboración de los horarios de los docentes que todos los periodos lectivos y complementarios estén agrupados, bien en jornada de mañana o de tarde. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente siempre tendrá que haber un plazo de doce horas como mínimo.
Con el fin de reducir el número de desplazamientos entre el trabajo y el domicilio y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral, los docentes que deban impartir clases de mañana y tarde lo harán en días distintos. En el caso de que esto no fuera posible, se procurará que los periodos lectivos de mañana y tarde se sitúen a última hora de la mañana y a primera de la tarde, con una separación mínima de dos horas para el almuerzo.
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