Nuevas medidas contra el SPAM: las operadoras deberán bloquear llamadas comerciales no deseadas
13 de Mayo de 2025
Se trata de enmiendas propuestas por el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy y registradas en el Congreso de los Diputados tras un acuerdo entre los grupos parlamentarios de Sumar y PSOE.
Según ha informado Bustinduy, a través de una de estas enmiendas se va a obligar a las empresas a identificar con un código numérico específico (un prefijo) todos los números desde los que hagan llamadas telefónicas comerciales. También a identificar con otro código distinto las llamadas de atención al cliente.
En base a estos códigos, ha explicado el ministro, la enmienda va a obligar a su vez a los operadores de telecomunicaciones a bloquear todas las llamadas de empresas que no utilicen estos códigos. Esto implicará que el Gobierno de España estará habilitado para adaptar el Plan Nacional de Numeración para facilitar la implementación técnica del nuevo sistema de identificación y bloqueo.
Por otra parte, el ministro ha anunciado que desde Consumo han impulsado otra enmienda a la Ley SAC para declarar nulos los contratos que se cierren en llamadas telefónicas no consentidas.
De esta manera, se buscará desincentivar a las empresas a hacer llamadas no deseadas, dado que los contratos conseguidos en este tipo de comunicaciones quedarán anulados.
Esta iniciativa, indican desde Consumo, responde al creciente volumen de quejas por parte de la ciudadanía y los testimonios de personas consumidoras que denuncian sentirse presionadas o confundidas por estas llamadas. Al mismo tiempo, se busca proteger el derecho del consumidor a decidir con libertad e información suficiente.
Además, el ministro ha detallado que, a través de esta misma enmienda, se obligará a las empresas a renovar cada dos años el consentimiento con el usuario para recibir llamadas comerciales, asegurando así que las empresas no se amparen en autorizaciones indefinidas o ambiguas para seguir contactando a los usuarios.
AVANCES EN LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
Además de estas dos enmiendas, el ministro Bustinduy ha hablado ante los medios de otras enmiendas que han impulsado desde Consumo a esta Ley SAC, también registradas en el Congreso de los Diputados tras un acuerdo entre los grupos parlamentarios de Sumar y PSOE:
Por un lado, está la de regular las renovaciones automáticas de contratos no deseadas. Las empresas estarán obligadas a comunicar con 15 días de antelación la fecha en la que se producirá la renovación automática de un servicio o suscripción que haya sido contratado de forma online. Asímismo, las empresas deberán facilitar la baja voluntaria en caso de que se desee.
También ha abordado el coto a las reseñas falsas que se publican de manera online. Solo se podrá publicar una reseña en los 30 días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio, para garantizar que se corresponde con la opinión real y reciente de una persona que haya consumido ese bien o servicio, y para evitar la compraventa de reseñas, algo que ya prohíbe la ley.
De la misma forma, la empresa que recibe la reseña tendrá garantizada la posibilidad de réplica y de solicitar la eliminación de la misma cuando pueda acreditar que no es real demostrando que quien firma la reseña no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, o demostrando que el contenido de esa reseña no es verídico.
Por otro lado, los gastos de gestión deberán incluirse en el precio que se ofrece. Las empresas estarán obligadas a incluir, desde el principio, el precio definitivo y final de un bien o servicio que ofrece al consumidor de forma online.
Pablo Bustinduy ha concluido su intervención antes los medios declarando que todas estas enmiendas se enmarcan en la voluntad del Ministerio que dirige de reforzar la protección de los derechos de los consumidores en un contexto económico y digital cada vez más complejo, y de apostar por una regulación que garantice claridad, equidad y respeto a la voluntad del consumidor.
Noticias relacionadas
Comenta esta noticia
A Fondo