Requisitos para las ayudas a explotaciones agroganaderas afectadas por COVID-19
27 de Julio de 2020
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado las bases reguladoras de 18 millones de ayudas dirigidas a explotaciones agroganaderas afectadas por COVID-19, que de modo extraordinario pone a disposición la Junta de Extremadura para ayudar a los sectores de ovino, caprino, ibérico, bovino de lidia, equino y flor cortada.
La Orden, recogida en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), corresponde al apoyo económico que se destinará a fondo perdido a los sectores señalados para respaldar así la continuidad de su actividad, que se ha visto duramente afectada por la crisis sanitaria.
Podrán beneficiarse de estas ayudas personas físicas y entidades titulares de explotaciones agrarias de los sectores indicados que reúnan las condiciones de elegibilidad hasta un máximo de ayuda de 7.000 euros por NIF.
REQUISITOS
Las subvenciones están destinadas a productores primarios, y por ello podrán ser beneficiarias las personas, así como entidades en quienes concurran la condición de agricultor y que realicen una actividad agraria en su explotación de esta naturaleza y cuya explotación esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, entre otros requisitos.
El departamento de Agricultura prevé publicar la resolución con la convocatoria a mediados de agosto, y a partir de ese momento se podrán solicitar las ayudas.
La Junta recuerda que esta medida se financiará con fondos Feader del Plan de Desarrollo Rural en los que confluyen participación económica de la UE, del Estado y de la Comunidad Autónoma.
En la publicación de las bases pueden consultarse los tramos por censo y superficie, las cuantías previstas para cada tramo, así como los requisitos que han de cumplir quienes quieran solicitarlas.
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