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Sanidad aclara dudas sobre el ocio nocturno, celebraciones y eventos tras las nuevas medidas

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20 de Agosto de 2020

Sanidad aclara dudas sobre el ocio nocturno, celebraciones y eventos tras las nuevas medidas

Las nuevas medidas impuestas por Sanidad para frenar los contagios de coronavirus en todo el territorio español han traído controversia, no solo por estar de acuerdo o no, sino por la ambigüedad de las mismas.

Por ello, el consejero de Sanidad y Servicios Sociales en Extremadura, José María Vergeles, ha querido aclarar determinados puntos, en mayor parte los referentes al ocio nocturno y a las celebraciones o eventos multitudinarios.

La resolución del 17 de agostos viene a cuenta de la "trasposición literal del acuerdo del pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del pasado viernes, y lo que dice claramente es el 'cierre de los locales de ocio nocturno'".

Con respecto a ello expresa que "estamos trabajando desde la Junta de Extremadura junto con la CREEX para aclarar a qué locales, en función de la clasificación de la actividad económica, se refiere el cierre de ocio nocturno", por si algunos de los locales que están dados de alta en otro epígrafe pueden abrir hasta la 1 de la madrugada.

En hostelería y restauración lo más importante es guardar la distancia de 1,5 metros, que las reuniones no sean de más de 10 personas y establecer el cierre a las 01:00 horas.

En los centros sociosanitarios se obliga a realizar PCRs a todos los ingresos que tengan carácter residencial -fundamentalmente mayores y personas con discapacidad- con 72 horas de antelación como máximo y la limitación de visitas.

"También estamos trabajando en establecer un horario dentro de los centros sociosanitarios", porque había un acuerdo de Gobierno que queda superado por la resolución y que va a permitir a la Administración que en las localidades que no haya positivos puedan aumentar el número de visitas que se venían realizando.

EVENTOS Y ACTIVIDADES MULTITUDINARIAS

Como bien indica la resolución, antes de realizar un evento multitudinario se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria. Es decir, si un promotor va a realizar un evento multitudinario tiene que entregar una documentación en Salud Pública para conseguir la autorización.

Pero, ¿qué es un evento multitudinario? Según el consejero de Sanidad, esta definición no se refiere ni a bodas, ni banquetes, ni bautizos que van a celebrarse en un determinado local o al aire libre. En este caso, a lo que único que deben atenerse es a las recomendaciones sanitarias.

Por lo tanto, estas celebraciones están automáticamente autorizadas y pueden efectuarse sin problemas. Eso sí, hay que señalar que las mesas no pueden tener más de 10 personas, debe guardarse la distancia y a las 01:00 horas deben finalizar. "Esto no hace falta que lo autorice Salud Pública".

Un evento multitudinario es "un acto programado no rutinario que, con independencia del motivo que les lleve a organizarlo, se celebren en espacio interior o al aire libre y donde el número de personas sea igual o superior a 500 personas y puedan estar en contacto cercano".

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