Así son las mejoras de los permisos laborales de los docentes extremeños
29 de Junio de 2024
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ha propuesto una nueva Orden por la que se regula el régimen de permisos del personal docente de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, que llega tras el acuerdo unánime con las organizaciones sindicales PIDE, CSIF, ANPE, CCOO y UGT-SP, representadas en la Mesa Sectorial de Personal Docente, celebrada este pasado viernes.
La Orden, que sustituye a la de 2022, incorpora un articulado con medidas que suponen una notable mejora en las condiciones laborales de los docentes extremeños. La propuesta de la Consejería incorpora adecuaciones sociales "para favorecer las nuevas familias de los docentes en las que se incluye a la persona con la que convive", indican desde la administración.
Con ello, la nueva orden contempla un nuevo permiso parental para el cuidado de un menor de edad en régimen de acogimiento por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.
A su vez, se da la ampliación en el permiso por nacimiento para las familias monoparentales, que pasa de 16 a 26 semanas. Otra novedad es el permiso de un día por matrimonio contraído por familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad del personal funcionario solicitante. Si se efectuase a más de 200 kilómetros del lugar de residencia del personal funcionario, el permiso será de dos días naturales, al objeto de facilitar su desplazamiento.
Además, contempla un nuevo permiso por causa de fuerza mayor y otro relativo a las actividades de formación organizadas por instituciones distintas a las establecidas en la Orden anterior, añadiendo los cursos del Ministerio competente en materia de Educación o instituciones dependientes de este.
Los docentes podrán asistir a las reuniones de tutorías y realizar gestiones administrativas urgentes relativas a los hijos menores de edad en las que sea obligatorio por ley la presencia de ambos progenitores y solo puedan realizarse en horario de docencia. Asimismo, la nueva Orden incluye mejoras en otros permisos que ya existían, de tal forma que se mejora el régimen del permiso por fallecimiento de familiares de tercer grado de uno a dos días naturales, cuando sea una localidad distinta a la de residencia de la persona beneficiaria del permiso.
El permiso por accidente, enfermedad grave o por hospitalización de familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad se amplía de 4 a 5 días hábiles si es en la misma localidad, y de 5 a 6 días en caso de distinta localidad. Además, se incorpora la posibilidad de disfrute en días alternos.
La Orden regula permisos por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos, y detalla otros que están parcialmente retribuidos. Para facilitar modificaciones en la Orden, se incorpora una habilitación para que la Dirección General de Personal Docente actualice mediante instrucciones los cambios legales que se produzcan en el futuro y añade que el tipo de jornada laboral que se desempeñe no afectará a la duración de ninguno de los permisos.
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