Educación amplía la sección bilingüe en Infantil y Bachillerato
3 de Mayo de 2017
La Consejería de Educación y Empleo ha publicado este miércoles en el DOE la nueva orden que regula la autorización, organización, funcionamiento y ordenación académica de las secciones bilingües en los centros educativos sostenidos con fondos públicos, “un nuevo marco legal permanente que homologa y asegura la calidad de unas enseñanzas que dejan de ser experimentales”.
Entre las novedades que introduce la nueva orden destaca su ampliación a Educación Infantil y Bachillerato, “puesto que se considera fundamental la inmersión temprana para adquirir una buena competencia lingüística, así como su continuidad en los estudios postobligatorios”.
Por lo que respecta a la incorporación del alumnado a las secciones bilingües, la orden fija criterios claros y no discriminatorios para la admisión del mismo. Si el número de solicitantes supera la oferta de plazas bilingües del centro, los criterios que se aplicarán por orden de preferencia, serán que haya estado en una sección bilingüe el curso anterior y que, sin haber estado antes en una sección bilingüe, haya cursado el idioma. Si persiste el empate se hará un sorteo.
En cuanto al horario, establecen que al menos el 20% del horario tiene que impartirse en lengua extranjera y potencian que pueda llegar hasta el 50%, garantizándose el contacto con el idioma todos los días de la semana lectiva.
DOCENTES
Con respecto al profesorado, la nueva orden determina los requisitos de habilitación y acreditación, exigiendo al menos un nivel B2 para impartir clase en el idioma de la sección bilingüe, así como la formación metodológica exigible al profesor.
Por primera vez, determinan las funciones del coordinador de secciones bilingües, al que también exigen la acreditación de un nivel B2 del idioma de la sección. Ambos perfiles profesionales tendrán una reducción horaria. Para los centros concertados, la nueva orden contempla la concesión de 3 horas de ratio, aquellos que tengan sección bilingüe dedicarán ese tiempo a la coordinación del programa.
Asimismo, establecen criterios de provisión de plazas con el fin de crear puestos de plantilla orgánica con perfil bilingüe al que puedan concursar los profesores habilitados, lo que garantizará la estabilidad y la calidad del programa. Con este mismo fin, en los centros concertados se exige que el profesorado del programa sea indefinido, cooperativista, titular o socio.
Además, la nueva orden dedica un artículo a la metodología de enseñanza de idiomas y se potencia la presencia de auxiliares de conversación.
Por último, la nueva normativa establece una evaluación interna y externa para mejorar el programa e incorpora la doble titulación Bachiller-Baccalauréat para los centros con sección bilingüe de francés que lo deseen.
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