El Gobierno prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas calóricas para niños
28 de Octubre de 2021
Alberto Garzón, el titular de Consumo, ha anunciado la prohibición de la publicidad dirigida al público infantil de dulces, galletas, helados, bebidas calóricas y resto de productos alimenticios ricos en azúcares y grasas considerados nocivos para la salud por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Garzón ha explicado que la regulación de esta publicidad de los alimentos dirigidos a los menores de 16 años en televisión, medios de comunicación en general y redes sociales se hará por real decreto y se empezará a aplicar el año próximo, en 2022.
La ley, que se aprobará en 2022, afectará a cinco categorías de productos independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.
Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos por cada producto.
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