La Junta continúa creando ayudas para atraer a los grandes empresarios
7 de Noviembre de 2017
A Extremadura le cuesta converger económicamente con el resto de comunidades del país, quizás sea por la falta de comunicaciones que tiene la región, o la falta de industrias que creen un atractivo para otras y asentarse aquí.
Por este motivo la Junta, consciente de que tiene que saber vender su comunidad, ha aprobado dos decretos en su Consejo de Gobierno de hoy.
El primero establece una nueva línea de ayudas destinada a empresas dedicadas a la actividad industrial que realicen inversiones en activos fijos y generen un fuerte impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este decreto, que entrará en vigor tras ser publicado en el DOE, tiene varios requisitos. Entre ellos encontramos que dichas empresas creen en la región más de 100 puestos de trabajo directos, su inversión consista en más de 50 millones de euros y además, se instale en suelo público.
Su finalidad es contribuir al desarrollo regional y a la creación de empleo de calidad. Además, se pretende potenciar el sector industrial de Extremadura, hacer más atractiva nuestra región a posibles inversores y, además, hacer una utilización más eficiente de los recursos públicos ya invertidos en suelo industrial, poniéndolos en valor y rentabilizándolos.
De acuerdo con el decreto, la cuantía de la subvención se determinará aplicando un porcentaje fijo del 2,5% a la inversión considerada como subvencionable.
Tratándose de grandes empresas, la subvención concedida se limitará a los costes netos extra de ejecutar la inversión en Extremadura frente a otra localización distinta. La cuantía de la subvención máxima a conceder por proyecto de inversión será de 10 millones de euros.
AYUDAS A LA INVERSIÓN EMPRESARIAL
Siguiendo la misma línea que el anterior, el Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establece una línea de ayudas destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en Extremadura.
Mediante este decreto se pretende apoyar la creación de nuevas empresas, consolidar las ya existentes, favoreciendo y promoviendo los proyectos de ampliación, modernización y traslados de éstas; e impulsar la transformación y adaptación a la industria conectada o industria 4.0.
Además, se intentará favorecer la continuidad de empresas en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular, así como promover la creación y mantenimiento del empleo.
Sin perjuicio de las peculiaridades establecidas para cada una de las modalidades de ayudas, tendrán la consideración de beneficiarias las empresas y, en especial, las Pymes que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables.
Este decreto introduce un conjunto de mejoras y novedades. En este sentido, se eliminan entre otros aspectos la necesidad de vincular en algunos casos la inversión a la solicitud de financiación externa, y se incorporan una serie de modificaciones y nuevas líneas, en aras de buscar una mayor eficiencia a los recursos que la Junta y los fondos estructurales de la UE ponen a disposición de las empresas de esta región.
En la modalidad de subvenciones por actividad hay que destacar la ampliación de los sectores que se pueden acoger a esta modalidad, de modo que todos, salvo los excluidos por la normativa europea, pueden acogerse a ella.
Cualquier actividad económica podrá optar a una subvención cuando tenga prevista realizar inversiones en activos fijos. Esta puede considerarse la novedad más destacada que introduce este decreto con respecto al anterior, que restringía las ayudas a sectores determinados.
Como consecuencia de la ampliación de los sectores subvencionables, se realiza una priorización de la intensidad de las ayudas, estableciéndose tres grandes grupos de actividades, las prioritarias, las preferentes y el resto, en coherencia con las distintas estrategias y planes promovidos por el Ejecutivo, ya citados anteriormente.
También, como consecuencia de la ampliación de sectores subvencionables, ha dejado de tener sentido la modalidad de subvenciones por financiación externa, establecida en la norma anterior. Este decreto suprime esta modalidad, ya que también ha suprimido la necesidad de tener que recurrir a una fuente de financiación externa para poder optar a las ayudas.
En este sentido, se considerarán prioritarias las industrias extractivas y transformadoras, manufactureras y de reciclado de productos, los servicios de hospedaje (hoteles, hoteles-apartamentos, hoteles balnearios, albergues turísticos, campamentos de turismo y hoteles rurales), y los servicios técnicos de ensayos y análisis relacionados con el sector industrial.
También se incluyen como prioritarias las guarderías infantiles, las residencias geriátricas y las empresas de producción cinematográfica, de artes escénicas y para televisión.
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