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La medición de la temperatura no se considera una prueba óptima para detectar casos

Nacional

14 de Mayo de 2020

La medición de la temperatura no se considera una prueba óptima para detectar casos

La Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH) recuerda que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) emitió un comunicado donde expresaba “su preocupación por este tipo de actuaciones, que suponen una injerencia particularmente intensa en los derechos de los afectados y que se están realizando sin el criterio previo de las autoridades sanitarias”.

La medición de la temperatura corporal no se considera una prueba óptima para detectar casos de enfermedad porque casi un 30 por ciento de los casos de COVID-19 en España, hasta el 7 de mayo de 2020, no han cursado con fiebre.

En este sentido, de estar presente la fiebre, puede hacerlo de forma intermitente, pudiendo pasar inadvertida en el momento del control.

Además, la temperatura elevada puede ser debida al efecto de determinados medicamentos, lo que forma parte de la historia personal de las personas que no tiene por qué ser conocido por los empresarios, y puede que no haya fiebre en el momento de la medición por la toma de antitérmicos.

Además de lo expuesto, tal y como recuerda la AEPD, “este tipo de actuaciones, […] suponen una injerencia particularmente intensa en los derechos de los afectados y […] se están realizando sin el criterio previo de las autoridades sanitarias”.

Por todo ello, desde la SEMPSPH no se puede recomendar la medición de la temperatura o cualquier otro parámetro biológico de forma sistemática por parte de establecimientos no sanitarios sin el aval de las autoridades sanitarias competentes.

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