Más participación juvenil en los nuevos estatutos del CJEx
30 de Abril de 2017
La Ley 13/2010 de 24 de noviembre del Consejo de la Juventud de Extremadura, CJEx, redefinía los fines y funciones del organismo. Sin embargo, ha convivido con unos estatutos del año 1996 que no se ajustaban a su desarrollo reglamentario, “por lo que ha sido necesario modificarlos”.
Cerca de 7 años después, ha sido aprobado y publicado en el Diario Oficial de Extremadura un nuevo texto, validado antes por las entidades miembro del Consejo, “que refleja la realidad asociativa juvenil de la región y más adaptado a las necesidades participativas de las personas jóvenes extremeñas”.
Por este motivo, introduce un gran cambio a nivel de participación, sobre todo local y rural, dentro de este ente público e independiente que actúa como representante e interlocutor preferente de la juventud extremeña.
NOVEDADES
La principal novedad en la estructura participativa está en los requisitos para ser una entidad miembro del CJEx con derecho a voz y a voto, las llamadas entidades de Pleno Derecho. A partir de ahora podrán serlo aquellas que cuenten con, al menos 30 miembros (antes tenían que ser más de 250), tengan presencia en las 2 provincias extremeñas y lleven más de un año de funcionamiento.
También siguen formando parte de este grupo los Consejos de la Juventud Locales. Esto aumenta de manera considerable el número de organizaciones que van a poder decidir dentro del organismo, tanto en los Foros de Representantes, donde se debaten los documentos estratégicos y líneas de actuación; como en las Asambleas, en las cuales se elige a la Comisión Ejecutiva.
Implica que el futuro del CJEx pueda estar en manos de 20 entidades escasas o en más de 60, y que incluya, por fin, a las numerosas asociaciones juveniles de zonas rurales que abundan en Extremadura.
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