Esta es la razón por la que están rebajando la pena a violadores y agresores en España
29 de Septiembre de 2023
¿Se hizo la Ley del ‘solo si es sí’ para favorecer la rebaja de penas? Desde que en 2020 se presentase el primer borrador del anteproyecto de la Ley de Libertad Sexual, han pasado numerosos acontecimientos.
El Ministerio de Igualdad, encabezado por Irene Montero, líder de Unidas Podemos, iniciaba entonces la andadura para poner en marcha una Ley que frenase las agresiones sexuales. Esto, a priori, parecía ser lo correcto, pero una ‘mala redacción’ en el anteproyecto y en sucesivos borradores llevó a la aprobación de una Ley de Libertad Sexual que, finalmente, ha favorecido la rebaja de las condenas a agresores y violadores.
¿POR QUÉ SE HAN REBAJADO LAS PENAS A RAÍZ DE LA APROBACIÓN DE LA LEY?
Con respecto a la primera redacción de la Ley aprobada en agosto de 2022, se presentan una serie de problemas. Esta ley, que entró en vigor el 7 de octubre, ha posibilitado la revisión de las condenas con efecto retroactivo.
Jerano García Fernández, Abogado Colegiado de Badajoz, en una entrevista realizada por 7Días afirma que “con la reforma de los delitos en la Ley que se aprobó en primera instancia, al agruparlos todos, se ha hecho del consentimiento el centro de todos los delitos sin diferenciarlos”.
“Con la primera redacción se impuso una pena común cuyo límite mínimo era inferior al de algunas de las agresiones sexuales por las que ya estaban condenadas algunas personas”, señala el profesional. Así, prosigue diciendo que “al producirse este cambio, los condenados tenían derecho a revisar su pena por existir cambios en la pena que entienden que les puede beneficiar aplicándolo de forma retroactiva”. “En la mayoría de los casos la rebaja es muy leve, pero existe. Precisamente porque el Tribunal entiende que con un límite inferior al que existía anteriormente, la pena final hay que rebajarla”, sostiene. No obstante, “otros tribunales han seguido otro criterio, y es que, con la reforma de Código Penal, cabía imponer exactamente la misma pena que ya tenían”, por lo que de esta forma no han rebajado penas ni modificado condenas.
El Tribunal Supremo, sin embargo, se ha pronunciado afirmando que “si el límite inferior de la pena es inferior al que se tuvo en cuenta cuando se impuso la condena, sí cabe la posibilidad de rebajar esa pena, siempre sabiendo que la facultad de hacerlo es exclusiva del tribunal que impuso la condena en su día”, manifiesta el abogado.
MODIFICACIÓN DE LA LEY APROBADA EN EL CONGRESO
De forma unilateral, el Partido Socialista registró una Proposición de Ley que permitió la reforma de la Ley de Libertad Sexual que se había aprobado en un primer momento. Esta reforma, por supuesto, no contó con los votos a favor de Unidas Podemos, pero sí con los del Partido Popular.
Con esta reforma, el PSOE intentó enmendar el error de la primera redacción, ya que, al haber unificado los delitos de agresión y abuso, primando el consentimiento en el centro del delito, se permitía una rebaja de las penas y, por ende, la revisión de las condenas.
La propuesta de los socialistas, que finalmente salió adelante, mantiene la definición de consentimiento, sin recuperar el doble modelo penal de abuso y agresión sexual, pero introduce un cambio importante. Creando un subtipo dentro del delito de agresión sexual, incluye nuevamente la violencia e intimidación en el tipo básico, algo que se había eliminado al unificar los delitos de abuso y agresión.
Así, apunta Jenaro García que “esta modificación del Código Penal, impulsada por el PSOE, permitió la separación de las penas de los delitos más graves de los que no eran graves, y de esta manera, el límite mínimo de las penas ya no es común para todos los delitos. A partir de este momento, por tanto, ya no cabe revisión de las penas”.
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