11 Diciembre 2024
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Mérida

Advierten al Ayto. de Mérida de lo que puede suceder si la reforma no se hace conforme a la ley

Mérida

9 de Diciembre de 2024

Advierten al Ayto. de Mérida de lo que puede suceder si la reforma no se hace conforme a la ley

 

El Ayuntamiento de Mérida anunció la reforma del parque López de Ayala, sacando la licitación de la obra con fecha 23 de septiembre. Obras que han sido adjudicadas a EULEN. Tras analizar el pliego de prescripciones técnicas del proyecto a realizar, desde FONDENEX focalizan sobre dos conclusiones clave.

 

Por un lado, indican que “algunas de las situaciones o afirmaciones que se plantean son, ya, a priori, disparates técnicos inadmisibles en un documento oficial, como la de sustituir árboles cuya vida está finalizando”. En la organización se preguntan si “el Ayuntamiento de Mérida ha inventado un método científico que demuestre que un árbol en buen estado está finalizando su vida”.  

 

Prosiguen indicando que si “pueden hacer públicas las publicaciones que demuestren que árboles de gran porte puede producir afecciones alérgicas más pronunciadas”. Esta afirmación que, catalogan como “una barbaridad”, la fundamentan con que “si las alergias tuvieran correlación con el volumen de los árboles, no quedaría en los parques del mundo un solo árbol notable”.

 

Para FONDENEX lo que “sí está muy claro es que la reforma del parque tiene que cumplir con las condiciones estipuladas en el vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), y en concreto en su Sección Primera, Art. 5.94 (Condiciones Particulares de las Zonas Verdes o Jardines):

 

a) Las zonas verdes (V1) tienen como elementos fundamentales el arbolado y los cultivos de flores y los usos deportivos y sociales se subordinarán a ellos, no pudiendo ocupar más del 10% de la superficie de la zona.

 

b) En los jardines de menos de una hectárea se podrá dedicar un máximo de 1.500 metros cuadrados exclusivamente a uso deportivo”.

 

Recuerdan que “el parque López de Ayala tiene una superficie de 6.081 metros cuadrados y está calificado como V1, siendo según el Art. 5.94.g una zona de defensa ambiental, mediante arbolado y ajardinamiento para la protección de ruidos y la retención de partículas contaminantes. Esto significa que su volumen de copas no puede reducirse del histórico actual, ya que ello vulneraría el principio jurisprudencial y de las Directivas europeas sobre Medio Ambiente de no agresión ambiental”.

 

Según el PGOU “no se admite otro uso de su superficie que un 10 % para actividades deportivas, es decir, 608´1 metros cuadrados, por lo que terrazas de bares, pavimentaciones o plataformas para otros usos quedan prohibidos”, manifiestan.

 

Por todo ello, FONDENEX ha solicitado una reunión con los responsables de parques y jardines del Ayuntamiento de Mérida para dialogar sobre el tema y se ha dirigido a Eulen para lo mismo y para comunicar a esta empresa que “se defenderá legalmente a los árboles del parque si es preciso”.

 

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