La Universidad en Extremadura será no presencial lo que queda de curso
13 de Abril de 2020
El Rector de la Universidad de Extremadura indica que, como consecuencia de la situación provocada por el Coronavirus (COVID-19), se dicta la impartición definitiva de toda la docencia en régimen no presencial hasta la finalización del curso 2019-2020.
Con fecha 13 de marzo de 2020, la Universidad de Extremadura adoptó las medidas acordes para el cese de las actividades docentes presenciales en consonancia con lo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura (Resolución de 13 de marzo de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales). La aparición del RD 463/2020 (14 de marzo) decretando el estado de alarma sanitaria, suscitó la publicación de la Resolución Rectoral 246/2020 por la que se suspendía toda actividad presencial, no solo la docente, en la Universidad de Extremadura, exceptuando los servicios esenciales que en ella se dictaban.
La suspensión de la actividad docente dictada, según el Real Decreto, sería mantenida durante el período en el que se mantuviera el estado de alarma y sus prórrogas. Así, el RD 476/2020 y, posteriormente, el RD 487/2020 han prorrogado la declaración del estado de alarma hasta el día 26 de abril de 2020.
Por otro lado, el 2 de abril se produjo una sesión de la Conferencia General de Política Universitaria para elaborar unos criterios generales para la adaptación del sistema universitario español ante la pandemia del Covid-19, cuyas primeras conclusiones se conocieron a mediados del periodo no lectivo.
Durante esta crisis sanitaria, la Universidad de Extremadura ha venido adoptando todas aquellas medidas "basadas en la preocupación por el interés general de la salud pública en el ámbito de la comunidad universitaria y siguiendo en cada momento las instrucciones marcadas tanto por las autoridades estatales como regionales".
En la situación actual, el periodo lectivo restante queda definido por la vuelta, tras la Semana Santa, el día 14 de abril y la finalización el día 14 de mayo. Sin embargo, el periodo de docencia no presencial, regulado por el RD 487 anteriormente mencionado, ha quedado establecido, por lo menos, hasta el 26 de abril. Esta situación dejaría solamente 13 días susceptibles de ser utilizados de manera presencial en el caso de que no se declarase ninguna prórroga más, "lo cual parece altamente improbable".
Ante este escenario y con el fin de organizar lo que resta de curso académico, reunido el Consejo de Dirección, informados los Decanos y Directores de Centros, con el acuerdo de las autoridades regionales con competencias universitarias y sanitarias, y usando las prerrogativas que establecen la Ley Orgánica de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Extremadura, el Rectorado acuerda:
Primero.- Establecer que la docencia del presente curso 2019-2020 finalice, con carácter general, de forma no presencial en la Universidad de Extremadura.
Segundo.- Encomendar a la Vicerrectora de Calidad y Estrategia, junto con la Vicerrectora de Planificación Académica, la Vicerrectora de Estudiantes, Empleo y Movilidad, el Vicerrector de Profesorado, el Vicerrector de Transformación digital y el Secretario General, la elaboración de un documento de Directrices generales sobre docencia, prácticas, evaluación y trabajos fin de grado y fin de máster, acorde a lo estipulado por la Conferencia de Política General Universitaria.
Tercero.- Esta Resolución tendrá validez hasta su ratificación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura.
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