¿Quiénes no están obligados a presentar la declaración de la renta este 2025?
18 de Enero de 2025
En la declaración de la renta 2024-25, que comienza el próximo 2 de abril, con la presentación de las declaraciones por internet, no estarán obligados a declarar todos aquellos contribuyentes que ganen menos de 22.000 euros al año, si tienen un solo pagador, incluidos los pensionistas que se encuentren por debajo de esa franja de ingresos.
En cuanto a los trabajadores con dos o más pagadores, en 2025 han estrenado nuevos límites, puesto que el Gobierno ha elevado hasta 2.500 euros (antes eran 1.500) la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de IRPF. Así lo establece el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre.
De este modo, ya no están obligados a presentar la declaración de la Renta los contribuyentes con ingresos procedentes de dos pagadores de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador, siempre que la suma de rentas del segundo y demás pagadores no supere los 2.500 euros anuales.
Asimismo, a la hora de afrontar la declaración del IRPF este año, hay que tener en cuenta que está exento de tributación el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), tal y como establece el Real Decreto 142/2024. Esto significa que los trabajadores que ingresen 15.876 euros anuales no están sujetos al impuesto sobre la renta de las personas físicas, ya que en este umbral, ni se aplican retenciones del IRPF ni hay que presentar la declaración.
Quienes sí están obligados a declarar en 2025 son los desempleados que reciban una prestación por desempleo, que por primera vez deberán realizar la declaración de la Renta, aunque no lleguen al nivel de ingresos general ya citado.
Esta obligación se extiende a todos los subsidios, incluido el subsidio para mayores de 52 años, cuyos titulares deberán efectuar dos trámites: la Declaración Anual de Rentas (DAR) y la declaración de la Renta.
Lo que no cambia este año es que también están obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de los ingresos que obtengan, y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
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